Decisión Administrativa 896/2010

EmisorMinisterio de Ciencia, Tecnologia E Innovacion Productiva
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2010

Viernes 31 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.060 7 miento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crÃtica en el mercado laboral.

Que los antecedentes curriculares de los agentes mencionados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que consecuentemente y dada la especialidad crÃtica en el mercado laboral de las funciones que se pretenden cubrir, corresponde exceptuar a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, de los requisitos establecidos en el punto II) del inciso c) del ArtÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02, al solo efecto de posibilitar su contratación en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario entonces, dar por exceptuados a los agentes propuestos de los requisitos establecidos en el ArtÃculo 14, inciso a) del Decreto N'º' 2098/08, para el Nivel F.

Que asimismo, se torna necesario exceptuar a los agentes D. Ignacio ACOSTA VILLAR (M.I. N'º' 93.931.142), D. Wilfrido ACOSTA VILLAR (M.I. N'º' 94.297.805) y D. Carlos Alberto GONZALEZ PEREIRA (M.I. 92.787.541) del aludido requisito de nacionalidad.

Que los ArtÃculos 7'º y 9'º del Anexo a la Ley N'º' 25.164, reglamentada por el Decreto N'º' 1421/02 y la Resolución N'º' 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y caracterÃsticas de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los ArtÃculos 9'º y 14 del Anexo 1 del Decreto N'º' 1421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N'º' 48/02 y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N'º' 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Que las personas indicadas en el Anexo I que integra la presente medida han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la Circular N'º' 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que...

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