Decisión Administrativa 898/2010

Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2010

Viernes 24 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.055 5 de diciembre de 2005 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA presentó su Nota N'º' 95.273 de fecha 6 de febrero de 2009 a través de la cual interpuso, contra el Decreto mencionado en el considerando anterior, recurso de reconsideración en legal tiempo y forma en los términos del ArtÃculo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N'º' 1759/72 T.O. 1991.

Que a través de su recurso de reconsideración, la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA declaró que su conducta fue ajustada a derecho, sin rebatir en momento alguno los extensos argumentos que fundamentaron la Resolución N'º' 168 de fecha 21 de diciembre de 2005 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) por la cual se le aplicó una multa de PESOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOS ($' 67.202) por vulnerar el Numeral 4.4.3 del Contrato de Concesión al no haber adoptado todas las medidas necesarias para rectificar y normalizar lo antes posible la situación derivada de las deficiencias de calidad de agua por la presencia de arsénico en concentraciones que superaban el lÃmite establecido en el Contrato de Concesión; incumplimiento éste que se presenta como hecho consumado y que se sanciona en virtud de las disposiciones del Numeral 13.10.10 del Contrato de Concesión, dejándose constancia de que la multa ha sido graduada de acuerdo con las pautas interpretativas contenidas en el Numeral 13.7, y dentro de los lÃmites previstos en el Numeral 13.10.4 del mismo cuerpo normativo.

Que analizadas en esta instancia administrativa la procedencia formal y los elementos de juicio sostenidos por la recurrente y contenidos en la causa, se concluye que a través del recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra el Decreto N'º' 2050 de fecha 26 de noviembre de 2008 no se han alegado fundamentos que permitan controvertir aquellos por los cuales se rechazó el recurso de alzada impetrado contra la Resolución N'º' 168 de fecha 21 de diciembre de 2005 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Que la recurrente basó formalmente sus impugnaciones en el marco del ArtÃculo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N'º' 1759/72 T.O.

1991.

Que en el Anexo al ArtÃculo 1'º del Decreto N'º' 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada SubsecretarÃa, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el ArtÃculo 99, Inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, el ArtÃculo 100 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N'º' 1759/72 T.O.1991 y el ArtÃculo 68 del Anexo I del Decreto N'º' 999 de fecha 18 de junio de 1992.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Recházase el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra el Decreto N'º' 2050 de fecha 26 de noviembre de 2008 por el cual se rechazó el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración contra la Resolución N'º' 168 de fecha 21 de diciembre de 2005 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Julio M. De Vido.

% 5 % DECISIONES ADMINISTRATIVAS % 5 % MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decisión Administrativa 887/2010

Dase por aprobada una contratación en el Programa de Apoyo al Sistema de Protección e Inclusión Social de Argentina.

Bs. As., 14/12/2010

VISTO el Expediente N'º' E-28423-2010, del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Contrato de Préstamo N'º' 2159/OC-AR, suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y aprobado por Decreto N'º' 834 del 2 de julio de 2009 y el Decreto N'º' 577 del 7 de agosto de 2003, sus modificatorios N'º' 149 del 22 de febrero de 2007 y N'º' 1248...

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