Decisión Administrativa 766/2010
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 5 de Noviembre de 2010 |
Viernes 5 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.022 4
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ArtÃculo 1'º â Incorpórase, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el cargo de Vice Superintendente, como Autoridad Superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en los términos de la Decisión Administrativa N'º' 2 de fecha 11 de enero de 2010, que tendrá como cometido asistir y asesorar a la máxima autoridad de dicha Superintendencia en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones, asà como en las materias que ésta le delegue y reemplazar al titular en caso de ausencia o impedimento transitorio.
'º â DesÃgnase en el cargo de Vice Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al Licenciado D. Juan Antonio BONTEMPO (D.N.I. N'º' 21.355.190).
'º â El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios del Inciso 1 - Gastos en Personal de la Entidad 603 - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. â FERNANDEZ DE KIRCHNER. â AnÃbal D.
Fernández. â Amado Boudou.
% 4 % por tiempo determinado, aprobándose mediante Res. ex SSGP N'º' 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artÃculo 9'º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N'º' 2098/08, establece los requisitos mÃnimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de la persona incluida en la presente medida, resultan atinentes al objetivo de las funciones que le van a ser asignadas y acredita acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º' 1421/02.
Que el artÃculo 1'º de la Decisión Administrativa N'º' 3/04, modificada por sus similares N'º' 1151/06 y N'º' 52/09, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categorÃa del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que la persona citada se encuentra exceptuada de lo establecido en el artÃculo 6'º del Decreto N'º' 601/02 reglamentario del Decreto N'º' 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a lo allà indicado.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1'º de enero de 2010, por lo que procede aprobar la respectiva prórroga del contrato con efectos a esa...
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