Decisión Administrativa 85/1999

Fecha de disposición07 Abril 1999
Fecha de publicación07 Abril 1999
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta29120

Decisión Administrativa 85/99 del 29/3/99 HIDROCARBUROS

Decisión Administrativa 85/99

Otórgase a YPF Sociedad Anónima una Concesión de Explotación sobre el Lote "Portezuelo Minas", ubicado en la Provincia del Neuquén, con el objeto de realizar trabajos de desarrollo y explotación de hidrocarburos en los yacimientos existentes en el mismo.

Bs. As., 29/3/99

B.O.: 07/04/99

VISTO el Expediente Nº 750-003832/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Expediente YPF SOCIEDAD ANONIMA, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 17.319, solicita el otorgamiento de una Concesión de Explotación sobre el Lote "PORTEZUELO MINAS".

Que este Lote se encuentra ubicado en el Area del Permiso de Exploración CN-X, CUENCA NEUQUINA X, que oportunamente fuera otorgada como Permiso de Exploración a YPF SOCIEDAD ANONIMA según lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley N° 24.145, en la Provincia del NEUQUEN.

Que de los análisis y evaluaciones realizadas corresponde acceder a lo solicitado por la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo informado por la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS PUBLICOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 29 y 98 inciso b) de la Ley Nº 17.319 y el Artículo 8º del Decreto N° 909 del 30 de junio de 1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

Otórgase a YPF SOCIEDAD ANONIMA una Concesión de Explotación sobre el Lote "PORTEZUELO MINAS", ubicado en la Provincia del NEUQUEN con el objeto de realizar trabajos de desarrollo y explotación de hidrocarburos en los yacimientos existentes en el mismo, bajo el régimen del Artículo 27 y siguientes de la Ley N° 17.319, por el plazo establecido en el Artículo 35 de dicha norma con más el adicional que resulta de la aplicación del Artículo 23 de la misma Ley, a partir de la fecha de vigencia de la presente Decisión Administrativa. La Concesión de Explotación que se otorga estará delimitada por las siguientes coordenadas provisorias:

ESQUINEROS X Y 1 2.473.500 5.690.600 2 2.473.500 5.679.750 3 2.471.650 5.679.750 4 2.471.650 5.678.812 5 2.467.950...

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