Decisión Administrativa 639/1998

Fecha de disposición15 Enero 1999
Fecha de publicación15 Enero 1999
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta29064

Decisión Administrativa 639/98 del 23/12/98 REFORMA DEL ESTADO

Decisión Administrativa 639/98

Extiéndese el plazo de liquidación definitiva de diversos entes u organismos del Estado Nacional.

Bs. As., 23/12/98

VISTO el expediente N° 090-003978/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), estableció el 31 de diciembre de 1996 como fecha límite para la liquidación definitiva de los entes u organismos del ESTADO NACIONAL que se encontrasen en estado de liquidación.

Que, por su parte, el artículo 25 de la Ley N° 24.764 prorrogó la mentada fecha límite hasta el 30 de junio de 1997, contemplando la posibilidad de que el señor Jefe de Gabinete de Ministros extendiera dicho término hasta el 31 de diciembre de 1997, cuando razones de trámite así lo justificaren.

Que el artículo 60 de la Ley N° 24.938, faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764.

Que mediante Decisión Administrativa N° 55 de fecha 22 de enero de 1998 se extendió el plazo establecido por el artículo 64 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764 para que determinados entes culminen su proceso liquidatorio.

Que el Decreto N° 978 de fecha 19 de agosto de 1998 extendió, hasta tanto se disponga el cierre del proceso liquidatorio de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) o se apruebe el cierre del proceso liquidatorio de FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación), de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 64 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997), lo que ocurra primero, el plazo establecido en ese cuerpo legal, modificado por el artículo 25 de la Ley N° 24.764 y prorrogado mediante Decisión Administrativa N° 55/98, para la liquidación definitiva de FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación).

Que por disposición del Decreto N° 1836 del 14 de octubre de 1994, los entes que se encuentran en estado de liquidación debieron realizar un relevamiento de activos y pasivos, ciertos y contingentes, con el objeto de establecer su real situación económica y financiera.

Que cumplidos ciertos requisitos, el estado patrimonial que resulte...

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