Decisión Administrativa 82/1998

Fecha de disposición09 Febrero 1998
Fecha de publicación09 Febrero 1998
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta28832

Decisión Administrativa 82/98 del 04/02/98 HIDROCARBUROS

Decisión Administrativa 82/98

Otórgase a YPF S.A. una Concesión de Transporte de gas natural desde el Area "Los Perales - Las Mesetas", ubicada en la Provincia de Santa Cruz, hasta el Gasoducto General San Martín, en la zona denominada Pampa del Castillo, Provincia del Chubut. Otórgase a YPF S.A. y Amoco Argentina Oil Company, una Concesión de Transporte de gas natural desde el yacimiento Cerro Bayo (Area "Cerro Dragón - Anticlinal Grande") ubicada en las Provincias del Chubut y Santa Cruz hasta el Gasoducto General San Martín, en la zona denominada Pampa del Castillo, Provincia del Chubut.

Bs. As., 04/02/98.

  1. O.: 09/02/98.

VISTO el Expediente N° 750-003046/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y el Decreto N° 729 del 22 de mayo de 1.995, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA en su carácter de Concesionario de Explotación del Area "LOS PERALES - LAS MESETAS", ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ, solicita una Concesión de Transporte de gas natural, conforme a lo establecido en los Artículos 28 y concordantes de la Ley N° 17.319.

Que el gas natural proveniente de la citada Area será transportado hasta ingresar al GASODUCTO GENERAL SAN MARTIN de propiedad de la empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA para lo cual es necesario el tendido de UN (1) gasoducto que atraviese las Areas de Explotación "CERRO DRAGON ANTICLINAL GRANDE" y "EL CHULENGO", ubicadas en las Provincias del CHUBUT y de SANTA CRUZ.

Que el futuro gasoducto, de propiedad de la empresa YPF SOCIEDAD ANONIMA, tendrá origen en el Area "LOS PERALES - LAS MESETAS", ubicada en la Provincia de SANTA CRUZ, y se extenderá en un primer tramo hasta las inmediaciones del yacimiento CERRO BAYO, ubicado en la Provincia de SANTA CRUZ, con una longitud de VEINTIDOS KILOMETROS CON DOS HECTOMETROS (22,2 km.) y un diámetro de cañería de DIEZ PULGADAS (10"), continuando en un segundo tramo con una longitud de SETENTA KILOMETROS CON OCHO HECTOMETROS (70.8 Km.) y un diámetro de cañería de DIEZ PULGADAS (10"), hasta el GASODUCTO GENERAL SAN MARTIN a la altura de su Progresiva 85, en la zona denominada PAMPA DEL CASTILLO, ubicada en la Provincia del CHUBUT.

Que asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N° 24.145, YPF SOCIEDAD ANONIMA reviste el carácter de Concesionario de Explotación de las Areas "CERRO DRAGON ANTICLINAL GRANDE" y "EL CHULENGO", ubicadas en las Provincias del CHUBUT y de SANTA CRUZ, y es acreedora obtención de una Concesión de Transporte para evacuar la producción de esas Areas.

Que en la explotación de las citadas Areas YPF SOCIEDAD ANONIMA esta vinculada a AMOCO ARGENTINA OIL COMPANY mediante el Contrato N° 7524 del 21 de julio de 1.958, reconvertido según Cláusula Adicional N° 3 aprobada por el Decreto N° 96 de feche 14 de enero de 1.991, y renegociado por medio de la Cláusula...

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