Decisión Administrativa 213. Apruébase estructura organizativa.

Fecha de disposición22 Marzo 2016
Fecha de publicación22 Marzo 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 213/2016

Apruébase estructura organizativa.

Bs. As., 21/03/2016

VISTO el Expediente N° 961/2016 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, en especial el Decreto N° 35 de fecha 7 de enero de 2016; y los Decretos N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y sus modificatorios; N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los que se encuentran los referidos al MINISTERIO DE CULTURA, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo sus competencias.

Que a través del Decreto N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA.

Que resulta procedente aprobar una nueva estructura organizativa de primer nivel operativo del mencionado Ministerio.

Que asimismo corresponde incorporar, homologar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE CULTURA en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARIA de HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS; han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16, inciso 29 del Título V, de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto N° 438/02) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos la, lb Ic y Id y II respectivamente, forman parte de la presente medida.

Art. 2°

Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE CULTURA, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3°

Facúltase al Titular del MINISTERIO DE CULTURA a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de DIECIOCHO (18) Direcciones, UNA (1) Supervisión de Auditoría y DOCE (12) Coordinaciones, y, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección y Supervisión de Auditoría) y IV (Coordinación), en los términos de lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098/08, y modificatorios.

Art. 4°

Facúltase al titular del MINISTERIO DE CULTURA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

Art. 5°

Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente medida conservarán su vigencia las existentes, con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 6°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

Art. 7°

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Marcos Peña. -- Alejandro P. Avelluto.

ANEXO la

ANEXO lb

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

MINISTERIO DE CULTURA

- INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA

- BIBLIOTECA NACIONAL

- INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

- INSTITUTO NACIONAL JUAN DOMINGO PERÓN DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS

SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

- INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

- FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

- TEATRO NACIONAL CERVANTES

- BALLET NACIONAL

ANEXO Ic

ORGANISMOS DESCONCENTRADOS

MINISTERIO DE CULTURA

- CASA PATRIA GRANDE "PRESIDENTE NESTOR CARLOS KIRCHNER"

SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

- COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES

SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

- COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS

- MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES

SUBSECRETARÍA GESTIÓN PATRIMONIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL

- INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO

- INSTITUTO NACIONAL SANMARTINIANO

- INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS EVA PERÓN

- INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS JUAN MANUEL DE ROSAS

- INSTITUTO NACIONAL NEWBERIANO

- INSTITUTO NACIONAL YRIGOYENIANO

- INSTITUTO NACIONAL BROWNIANO

ANEXO Id

ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DEPENDIENTES DE LAS UNIDADES DEL MINISTERIO DE CULTURA

SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CULTURAL

- INSTITUTO NACIONAL DE MUSICOLOGÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS

- COMPLEJO HISTÓRICO CULTURAL MANZANA DE LAS LUCES

- MUSEO "CASA RICARDO ROJAS"

- CASA HISTÓRICA DE LA INDEPENDENCIA

- MUSEO DE LA HISTORIA DEL TRAJE

- MUSEO NACIONAL ESTANCIA JESUÍTICA DE ALTA GRACIA Y CASA DEL VIRREY LINIERS

- MUSEO HISTÓRICO DEL NORTE

- MUSEO HISTÓRICO NACIONAL

- MUSEO HISTÓRICO NACIONAL DEL CABILDO DE BUENOS AIRES Y DE LA REVOLUCIÓN DE MAYO

- MUSEO HISTÓRICO SARMIENTO

- CASA NATAL DE SARMIENTO - MUSEO Y BIBLIOTECA

- ESTANCIA DE JESÚS MARÍA - MUSEO JESUÍTICO NACIONAL

- MUSEO MITRE

- MUSEO Y BIBLIOTECA DE LA CASA DEL ACUERDO DE SAN NICOLÁS

- PALACIO SAN JOSÉ - MUSEO Y MONUMENTO NACIONAL "JUSTO JOSÉ DE URQUIZA"

- MUSEO ROCA - INSTITUTO DE INVESTIGACIONES HISTÓRICAS

- MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO

- MUSEO NACIONAL DE ARTE ORIENTAL

- MUSEO "CASA DE YRURTIA"

- MUSEO NACIONAL DEL GRABADO

- MUSEO REGIONAL DE PINTURA "JOSÉ A. TERRY"

- MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

- CASA NACIONAL DEL BICENTENARIO

- PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES

DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES Y SITIOS CULTURALES

- INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA Y PENSAMIENTO LATINOAMERICANO

SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA

DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN

- CORO NACIONAL DE JÓVENES

- CORO NACIONAL DE NIÑOS

- CORO POLIFÓNICO NACIONAL

- ORQUESTA NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA "JUAN DE DIOS FILIBERTO"

- ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL

- BANDA SINFÓNICA NACIONAL DE CIEGOS "PASCUAL GRISOLIA"

- CORO POLIFÓNICO NACIONAL DE CIEGOS "CARLOS ROBERTO LARRIMBE"

- INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS DE TEATRO

- BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL

SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA CREATIVA

- DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

- MERCADO DE ARTESANÍAS TRADICIONALES ARGENTINAS (MATRA)

ANEXO II

MINISTERIO DE CULTURA

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir al Ministro de Cultura en la planificación estratégica de las políticas tendientes al cumplimiento de sus objetivos, realizar el monitoreo y evaluación de todas las acciones emprendidas a tal fin, detectar desvíos y proponer acciones correctivas.

Intervenir en la conformación del sistema de información global del sector cultural y de análisis estadístico de las acciones que realiza la jurisdicción.

ACCIONES:

  1. Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo e implementación de un sistema de planificación estratégica de la Jurisdicción.

  2. Asistir al Ministro en la dirección, coordinación y control de los programas y en la orientación de las políticas de la Jurisdicción.

  3. Monitorear y evaluar las políticas y programas que se ejecuten para el logro de los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA.

  4. Intervenir en la identificación y gestión de los recursos necesarios para una adecuada implementación de los programas y proyectos.

  5. Intervenir en el desarrollo de un sistema integrado de alcance nacional e internacional de información cultural.

  6. Difundir avances, resultados y proyecciones realizadas a través de publicaciones específicas, para diferentes destinatarios y públicos.

    MINISTERIO DE CULTURA

    DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Entender en la coordinación de las relaciones institucionales entre el MINISTERIO DE CULTURA y los Organismos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Municipales y organizaciones de la sociedad civil, fortaleciendo, asimismo el dialogo y la comunicación con la sociedad argentina.

    ACCIONES:

  7. Intervenir en materia institucional en lo referente a las relaciones con los organismos y las sociedades y entidades de carácter civil, como así también, con los organismos no gubernamentales, en el ámbito de competencia del MINISTERIO DE CULTURA.

  8. Intervenir en la coordinación de las relaciones entre las distintas áreas integrantes del MINISTERIO DE CULTURA.

  9. Asistir en la convocatoria y coordinación de espacios interinstitucionales con participación de los ámbitos público y privado relacionados con la...

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