Decisión Administrativa 211. Desígnase Director Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo.

Fecha de disposición22 Marzo 2016
Fecha de publicación22 Marzo 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 211/2016

Desígnase Director Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo.

Bs. As., 21/03/2016

VISTO el Expediente N° S01:00006157/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 227 de fecha 20 de enero de 2016 y las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 12 de enero de 2015, 10 de fecha 19 de enero de 2016 y 193 de fecha 16 de marzo de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 193 de fecha 16 de marzo de 2016 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCION y se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas la entonces Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo a la actual Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, ambas dependientes de la citada Secretaría.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, de Director Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo.

Que el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que tal requerimiento implica efectuar una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27...

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