Decisión Administrativa 2096/2020

Fecha de publicación25 Noviembre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorOFICINA ANTICORRUPCIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-56320538-APN-OA#PTE, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 54 del 20 de diciembre de 2019, 4 del 2 de enero de 2020 y 132 del 10 de febrero de 2020 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.467 se estableció que no se podrán cubrir los cargos previstos en la reserva dispuesta en el artículo 6°, existentes a la fecha de sanción de la misma, ni las vacantes que se produzcan con posterioridad en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el Decreto N° 54/19 dispuso que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, creada por el artículo 13 de la Ley N° 25.233, tendrá carácter de organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y que los funcionarios y las funcionarias de dicha Oficina tendrán relación jerárquica y dependencia funcional con este e integrarán la dotación de personal del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado para cumplir funciones de Asesor/a Legal Especializado/a en Materia de Integridad y Transparencia en la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo...

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