Decisión Administrativa 209. DA-2019-209-APN-JGM

Fecha de disposición25 Marzo 2019
Fecha de publicación25 Marzo 2019
SecciónDecisiones Administrativas

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Decisión Administrativa 209/2019

DA-2019-209-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-08100351-APN-MF, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 25.164 se aprobó el Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que por el Decreto N° 1421/02 y su modificatorio se aprobó la reglamentación de la citada ley.

Que por el expediente citado en el Visto tramita la propuesta de excepción para el ingreso a la Administración Pública Nacional dispuesto en el artículo 4º, inciso a) del Anexo de la Ley Nº 25.164 de la señora Adriana Beatriz DÁVALOS RIVEROS (M.I. Nº 94.154.029) solicitada por el titular de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta la señora Adriana Beatriz DÁVALOS RIVEROS de nacionalidad paraguaya, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría altamente beneficioso contar con la colaboración de la nombrada.

Que han tomado intervención la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 4º...

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