Decisión Administrativa 2069/2020

Fecha de publicación18 Noviembre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorPRESUPUESTO


Ciudad de Buenos Aires, 17/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-69193565-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, vigente conforme el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020, complementada por el Decreto Nº 193 del 27 de febrero de 2020 y modificada por la Ley N° 27.561, los Decretos Nros. 7 del 10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 457 del 10 de mayo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 12 del 10 de enero de 2019, 1 del 10 de enero de 2020 y 1553 del 25 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación al Coronavirus COVID-19 y atento a la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.561 y ampliada por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020, resulta menester atender erogaciones necesarias para paliar los efectos de la citada pandemia.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1/20 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, con las adecuaciones institucionales del PODER EJECUTIVO NACIONAL establecidas por los Decretos Nros. 7/19 y 50/19.

Que a través del artículo 4º del Decreto N° 457/20 se suspendió durante el Ejercicio 2020, para aquellas modificaciones presupuestarias necesarias en virtud de medidas dictadas en el marco de las disposiciones del Decreto N° 260/20, la aplicación de los límites a las reestructuraciones presupuestarias que puede disponer el Jefe de Gabinete de Ministros establecidos en el tercer párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que resulta necesario modificar el presupuesto vigente de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de afrontar reintegros a los Agentes del Seguro de Salud relacionados con prestaciones para la cobertura de pacientes con COVID-19, como para aquellos Agentes que sufrieron una merma en su recaudación en el marco de la pandemia generada por el Coronavirus COVID-19.

Que la modificación mencionada en el considerando anterior se financia con la reducción de las asignaciones correspondientes a los préstamos a largo plazo al sector privado.

Que las modificaciones presupuestarias detalladas en los considerandos precedentes se efectúan en el marco de la emergencia pública sanitaria establecida en el Decreto Nº 260/20 y en el artículo 4° del Decreto N° 457/20.

Que, asimismo, es necesario modificar el Presupuesto General de la Administración Nacional para el presente ejercicio, con el fin de atender otros gastos inherentes al normal funcionamiento de la Administración Nacional.

Que es menester modificar el Presupuesto vigente de los Servicios Administrativos Financieros 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y 335 - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, actuantes en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, con el objeto de afrontar sus necesidades operativas.

Que es menester modificar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN cediendo créditos a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para atender sus gastos en personal.

Que resulta oportuno ampliar el presupuesto del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los efectos de cubrir los mayores gastos en personal como consecuencia de la aplicación de acuerdos paritarios.

Que a los fines de brindar asistencia financiera al Gobierno de la Provincia de SANTA FE, en el marco de las acciones conjuntas de la...

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