Decisión Administrativa 302/2010

Fecha de disposición20 Mayo 2010
Fecha de publicación20 Mayo 2010
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31908

Art. 4º -- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546.

Art. 5º -- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -Aníbal F. Randao.

ANEXO I CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PERTENECIENTE A LA SECRETARIA GENERAL DEL 01/01/2010 AL 31/12/2010

Nº APELLIDO NOMBRES TIPO DOC.

Nº DOC. FUNCION Y RANGO MENSUAL TOTAL DEDIC.

1 RESNIK Daniel Alejandro D.N.I. 26.942.974 Coord. II $ 7.000,00 $ 84.000,00 100% $ 84.000,00 AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO Resolución 29/2010

Créase el Registro Ambiental de Industrias de la ACUMAR.

Bs. As., 7/4/2010

VISTO el expediente Nº 0234/10 del registro de la AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO; la Ley 26.168, Decreto 92/07, la Resolución ACUMAR Nº 7/09 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, como ente de derecho público Interjurisdiccional en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, habiendo sido la misma adherida por los gobiernos de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES mediante Leyes Nº 13.642 y 2217, respectivamente.

Que el Decreto 92/07 dispuso la integración de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, previendo en su artículo 6º, el ejercicio por parte de la Presidencia de ACUMAR de las facultades previstas por los artículos 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 26.168.

Que a los fines de cumplir en tiempo y forma con la Sentencia de fecha 8 de julio de 2008 emitida por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION en la causa 'MENDOZA,

BEATRIZ SILVIA Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL Y OTROS S/ DAÑOS Y PRJUICIOS (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza Riachuelo)' y las Resoluciones consecuentes emanadas del Juzgado Federal de Quilmes, a cargo de la ejecución, se determinó mediante Resolución ACUMAR Nº 07/09 que los establecimientos industriales radicados en la Cuenca Matanza Riachuelo, están obligados a empadronarse mediante formulario en carácter de Declaración Jurada.

Que el Reglamento de Empadronamiento ACUMAR instituye como obligatorio la formulación de una Declaración Jurada, en adelante DDJJ, a ser completada y presentada por los establecimientos industriales, en actividades de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR