Decisión Administrativa 202/2015

Fecha de disposición12 Mayo 2015
Fecha de publicación19 Mayo 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33132



MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decisión Administrativa 202/2015

Autorízase contratación.

Bs. As., 12/5/2015

VISTO el Expediente N° 41.233/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, las Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.

Que la Resolución N° 48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias aprueba las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrar según lo establecido en el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421/02.

Que la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establecen las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, en relación con el adicional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de la Planta Permanente de la Jurisdicción.

Que como consecuencia del dictado del Decreto N° 491/02 y su reglamentario N° 601/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones, incluyendo renovaciones y prórrogas, y movimientos de personal en el ámbito de su competencia.

Que el Decreto N° 2098/08 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), el cual en su Artículo 14 requiere para el acceso al Nivel Escalafonario “D” la posesión de título universitario o terciario de carreras de duración no inferior a DOS (2) años, o título secundario completo. En el supuesto que sea admisible este último caso, se deberá acreditar asimismo experiencia laboral atinente por un término no menor a TRES (3) años después de la titulación o...

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