Decisión Administrativa 2/2015

Fecha de disposición02 Marzo 2015
Fecha de publicación05 Marzo 2015
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta33083



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decisión Administrativa 2/2015

Contratación en la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 2/3/2015

VISTO el Expediente N° S02:0007593/2014 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 601 del 11 de abril de 2002, N° 2345 del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha solicitado la excepción a lo dispuesto por el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 2345/08 para posibilitar la contratación de la señora Verónica Cecilia LIRA cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicho Organismo.

Que la persona propuesta ha demostrado reunir los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir con las funciones que se le asignan.

Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, hace aconsejable fortalecer y complementar su labor, resultando necesario proceder a autorizar, con carácter de excepción, la contratación mencionada.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N° 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para efectuar dicha contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

— Exceptúase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo...

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