Decisión Administrativa 1950/2020

Fecha de publicación29 Octubre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL


Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-51749006-APN-GORRHH#INTI, la Ley Nº 27.467, el Decreto - Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, los Decretos Nros. 109 del 18 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, 355 del 22 mayo de 2017 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa N° 1945 del 26 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto - Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Decisión Administrativa N° 1945/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado organismo.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Gerente/a Operativo/a de Asistencia Regional de la DIRECCIÓN OPERATIVA del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 15 de julio de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA...

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