Decisión Administrativa 1906/2020

Fecha de publicación21 Octubre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorINSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO


Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-11057411-APN-INADI#MJ, la Ley N° 27.467, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 4 del 2 de enero de 2020 y 132 del 10 de febrero de 2020 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.467 se estableció que no se podrán cubrir los cargos previstos en la reserva dispuesta en el artículo 6° de dicha ley, existentes a la fecha de sanción de la referida ley, ni las vacantes que se produzcan con posterioridad en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado para cumplir funciones como Asistente Técnico/a en el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, encuadrado en las previsiones del inciso h) del artículo 2° del Decreto N° 132/20.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.467, prorrogada por el Decreto N° 4/20 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de enero de 2020 y por el término de...

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