Decisión Administrativa 171/2021

Fecha de publicación05 Marzo 2021
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorOFICINA ANTICORRUPCIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-08462965-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 54 del 20 de diciembre de 2019 y 885 del 12 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el Decreto N° 54/19 dispuso que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, creada por el artículo 13 de la Ley N° 25.233, tendrá carácter de organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y que sus funcionarios y funcionarias tendrán relación jerárquica y dependencia funcional con dicho organismo e integrarán la dotación de personal del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el Decreto N° 885/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director/a de Asuntos Jurídicos de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del...

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