Decisión Administrativa 1661/2020

Fecha de publicación11 Septiembre 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorAGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-31416499-APN-ANLAP#MS, la Ley N° 27.113, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 795 del 11 de mayo de 2015 y la Decisión Administrativa N° 333 del 31 de mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.113 se creó la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS como organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto, entre otros, de promover la investigación y el desarrollo científico, tecnológico e industrial de los laboratorios de producción pública.

Que conforme el artículo 7º de la reglamentación de dicha ley, aprobada por el Decreto Nº 795/15, se estableció que el Directorio de la citada Agencia Nacional deberá elevar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la propuesta de estructura organizativa para su aprobación.

Que resulta necesario dotar a la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS (ANLAP) de una estructura organizativa de primer nivel operativo que le permita cumplir con los objetivos de su creación e incorporar diversos cargos pertenecientes a dicho organismo en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por la Decisión Administrativa Nº 333/17 se creó el cargo extraescalafonario de Director Ejecutivo del PROGRAMA NACIONAL PARA LA PRODUCCIÓN PÚBLICA DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MÉDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS (ANLAP), correspondiendo en esta instancia su supresión.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS (ANLAP), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la...

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