Decisión Administrativa 1428/2020

Fecha de publicación10 Agosto 2020
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorMINISTERIO DE CULTURA


Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-40506370-APN-DNDO#JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 7 del 10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 314 del 13 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por la Decisión Administrativa Nº 314/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA.

Que en función de las competencias asignadas a las distintas Jurisdicciones por el Decreto Nº 7/19, los Objetivos aprobados para las Secretarías y Subsecretarías en el Decreto Nº 50/19 y lo establecido en su artículo 5º, resulta necesario efectuar modificaciones en la estructura organizativa del MINISTERIO DE CULTURA y en sus organismos desconcentrados: PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y ARTE, CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER”, ambos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, y del MUSEO NACIONAL DE BELLAS ARTES, dependiente de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, e incorporar homologar, reasignar y derogar diversos cargos pertenecientes a la citada Jurisdicción en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios).

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id, Ie...

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