Decisión Administrativa 1304. Danse por aprobadas contrataciones en la Dirección General de Monitoreo y Estrategias de la Comunicación.

Fecha de disposición03 Diciembre 2015
Fecha de publicación03 Diciembre 2015
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 1304/2015

Danse por aprobadas contrataciones en la Dirección General de Monitoreo y Estrategias de la Comunicación.

Bs. As., 26/11/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0010635/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 3 de julio de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes nominados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que los agentes de que se trata ya se encontraban vinculados con esta Jurisdicción mediante contrato en el marco del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 1179 del 15 de septiembre de 2015.

Que a partir del dictado de la presente medida se le asignaran a los agentes mencionados, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde dar por rescindidos los contratos anteriores y celebrar nuevos contratos con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas.

Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los agentes propuestos no cumplen con los requisitos a que se alude en el párrafo...

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