Decisión Administrativa 1289/2014

Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014



SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

Decisión Administrativa 1289/2014

Dase por aprobada contratación.

Bs. As., 30/12/2014

VISTO la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 08 de agosto de 2002, 577 del 07 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 03 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 del 21 de enero de 2004, 1151 del 28 de diciembre de 2006 y 1 del 3 de enero de 2014, la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Expediente Nº 1836/14 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la contratación del señor Nicolás VALSECCHI (D.N.I. Nº 25.568.243) para desempeñarse en el ámbito de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución Nº 48/02 de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que la contratación de la persona que se propicia se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el señor Nicolás VALSECCHI no reúne los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto Nº 2098/08 homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), por cuanto deberá excepcionarse de lo previsto en el inciso c) Punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que, por su parte, el artículo 1° del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios, establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación será aprobada por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.

Que previo a dar trámite a la presente medida...

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