Decisión Administrativa 1157.

EmisorInstituto Nacional de Estadistica y Censos
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2018

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Decisión Administrativa 1157/2018

Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2017-11621378-APN-DGAYO#INDEC, la Ley N° 27.431, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 355 del 22 de mayo de 2017 y las Decisiones Administrativas Nros. 305 del 17 de mayo de 2017 y 338 del 16 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.

Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 305/17, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, organismo desconcentrado en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA y se incorporaron, homologaron, reasignaron y ratificaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al citado Organismo.

Que en virtud de específicas razones de servicio del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva Nivel I, de Director Nacional de Planificación, Relaciones Institucionales e Internacionales del citado Instituto.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN tomo la intervención prevista en el artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 338/18, habiendo verificado la existencia del cargo a ocupar transitoriamente.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN...

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