Decisión Administrativa 1156/2014

Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2014



MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 1156/2014

Dase por autorizada contratación.

Bs. As., 19/12/2014

VISTO el Expediente AUC Nº 2.527/13 del Registro de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el artículo 14 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario D.

Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.

Que en el ámbito de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA es de vital importancia la contratación de la agente Rosa LANDRISCINA para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada jurisdicción.

Que a fin de posibilitar la contratación de la mencionada agente en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 corresponde exceptuarla de lo dispuesto por el punto II del inciso c) del artículo del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Por ello,

EL JEFE

DE...

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