Qué se debate en la Justicia hoy sobre las jubilaciones

El régimen de movilidad de haberes que rige desde este año, el índice utilizado para incrementar las jubilaciones cuando se liquida una sentencia judicial y el uso del fondo de garantía. Los tres grandes temas del sistema jubilatorio que se debaten hoy en la Justicia tienen diferentes grados de avance y provocan alerta en el Gobierno. ¿Qué se discute en cada caso y en qué estado están las controversias?La movilidad. En diciembre de 2017 se aprobó la ley 27.426, que modificó la forma en que se actualizan los haberes jubilatorios. La nueva fórmula combina el 70% de la inflación y el 30% de la evolución de los salarios según un índice llamado Ripte, ambas variables referidas a un trimestre y con dos períodos de rezago (el de marzo, por caso, responde a lo ocurrido en el tercer trimestre del año previo). Las alzas se dan en marzo, junio, septiembre y diciembre.Lo dispuesto por la ley fue llevado a la Justicia y en junio un fallo de segunda instancia, de la sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, avaló la fórmula pero, a la vez, declaró inconstitucional el artículo que dispuso su uso a partir de la suba de marzo de este año. Se consideró que eso implicó una aplicación retroactiva, porque el período evaluado para calcular el porcentaje del ajuste había transcurrido mientras regía la vieja ley. Entonces, se le ordenó a la recalcular la movilidad de marzo (solo en el caso del haber del demandante) usando la fórmula semestral que antecedió a la actual. Según Miguel Ángel Fernández Pastor, el abogado y exfuncionario de la Anses que presentó la demanda, en el tercer mes del año correspondía un alza de 14,6% (el dato oficial no llegó a conocerse). Lo que efectivamente se otorgó fue un 5,71% en marzo y un 5,69% en junio (con la fórmula anterior en este mes no se preveía una actualización), lo que da una suba acumulada de 11,72%.Pocos días atrás, las dos partes de esta causa pidieron que el tema sea llevado a la . Fernández Pastor, porque insiste en el reclamo de que toda la fórmula y no solo su aplicación desde marzo sea declarada inconstitucional. Y la Anses, en defensa de su postura de que fue correcto usar la nueva fórmula para el primer ajuste de este año. La causa está a la espera de la decisión de los camaristas, que deben habilitar o no su pase al tribunal supremo."Hay elementos muy lógicos, jurídicamente hablando, que sostienen la inconstitucionalidad, como la confiscatoriedad o la regresión en materia de derechos adquiridos, pero no...

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