Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 23 de Marzo de 2018, expediente CNT 052362/2011/CA001 - CA002

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 52.362/2011 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 52106 CAUSA Nro.52.362/2011 SALA VII - JUZGADO Nº 5 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de marzo de 2018, para dictar sentencia en estos autos: “D.A.A.M.C. SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. Y OTRO” se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. En este juicio se presenta el actor e inicia demanda contra G4S Soluciones de Seguridad S.A. y contra Provincia ART S.A. con el fin de percibir un resarcimiento por daños y perjuicios encuadrado en el Código Civil de Vélez Sarsfield.

    Afirma haber ingresado a trabajar a las órdenes de su empleadora en la categoría de vigilador de camiones en los términos y en las condiciones que indica.

    Relata que el 18/4/2013, mientras se encontraba viajando como custodio en un automóvil, yendo a buscar un camión de la empresa Philips, por circunstancias que desconoce por estar durmiendo, se produce una colisión entre el vehículo que lo precedía en la marcha provocándole traumatismos varios y cortaduras siendo trasladado por la ART al Hospital que señala donde le brindaron las prestaciones respectivas.

    Señala que la displicencia de la ART en el tratamiento agravó el cuadro presentado y sostiene que padece severos problemas funcionales que pretende sean resarcidos con una indemnización fundado en los artículos 1.113 y 1.074 del Código Civil, vigente al momento de los hechos de autos.

    A fs. 77/100 se presenta Provincia ART S.A. a contestar demanda y, como primera medida, opone las defensas que indica. Luego, niega los hechos expuestos en el inicio y da su versión de los mismos. Contesta los planteos de inconstitucionalidad, ofrece prueba y solicita, en definitiva, el rechazo de la demanda intentada.

    La co demandada G4S Soluciones de Seguridad S.A. contesta demanda a fs. 182/192 negando, en primer lugar, los hechos expuestos en el inicio. Da su versión de los hechos, contesta los planteos de inconstitucionalidad, ofrece prueba y pide se desestime la demanda incoada.

    La sentencia de primera instancia, tras el análisis de los elementos del caso, rechaza el reclamo fundado en el Código Civil y, por aplicación del principio “iura novit curia”, hace lugar a la demanda con fundamento en la Ley de Riesgos del Trabajo.

    La solución alcanzada motiva los recursos de la parte actora y de la ART co demandada a tenor de los respectivos memoriales de agravios obrantes a fs. 825/841 y fs.

    842/849.

    El Sr. perito ingeniero (fs. 823) y el perito médico (fs. 824) apelan los honorarios que les fueron regulados, por considerarlos bajos.

    Fecha de firma: 23/03/2018 Alta en sistema: 27/03/2018 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.H.K., SECRETARIO #19948900#200066552#20180327122118864 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 52.362/2011

  2. Por razones de estricto orden metodológico, comenzaré con el recurso de la parte actora en cuanto cuestiona que se haya rechazado su acción fundada en las normas del Código Civil.

    Sostiene, en síntesis y en lo que interesa, que la sentencia no es derivación de los hechos y el derecho aplicable a la causa, que resulta arbitraria y que ha excedido, en la valoración de la prueba, los límites de la sana crítica racional.

    Afirma que la Sra. Jueza “a quo” no tuvo en cuenta las circunstancias en las que ocurrió el accidente, que era conducido por un dependiente de la co demandada G4S por el cual debe responder según el art. 1.113 del Código Civil y que la negligente atención de la empleadora y de su aseguradora prolongaron su tratamiento Adelanto que, analizadas las constancias de la causa, así como los términos del recurso, en mi opinión, corresponde desestimar el recurso en tratamiento.

    En efecto, comparto el análisis efectuado por la sentenciante en cuanto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR