DAMIANO Roberto Alejandro s/ Quiebra

Fecha de disposición22 Junio 2015
Fecha de publicación22 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33155

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 6

SECRETARÍA N° 11

El Juzg. Nac. de Prim. Inst. en lo Comercial Nº 6, con sede en Av. R. S. Peña 1211, Piso 2º, CF., a cargo de la Dra. Marta G. Cirulli, Juez, Secretaría Nº 11, a mi cargo, comunica por dos días en autos: “DAMIANO ROBERTO ALEJANDRO s/QUIEBRA”, Expte. Nº 059791/2005, que el martillero Joaquín Ortelli Nazar, rematará al mejor postor y, el día 30 de junio de 2015 a las 10:45 horas en punto en Jean Jaures 545, C. F., lo siguiente:: 50% indiviso del inmueble -hipotecado- sito en Avda. Rivadavia 5639, Unidad 16, Piso 8º matrícula FR 7-1251/16 de Capital Federal, perteneciente al Sr. Damiano Roberto Alejandro, CUIT Nº 20-16916434-8. NC: Circ.: 7, Sec.: 45, Manz.: 1, Parc.: 19, Matrícula: FR 7-1251/16 de la CF.. Sup. Total: 104 m2 5 dm2. De la constatación que obra en autos: Al inmueble sito en Rivadavia 5639 –entre los números 5641 y 5635-, UF 16 del 8º piso, corresponde a la numeración interna 8º “A”. El inmueble consta de living comedor con balcón a la calle: dos dormitorios - uno al frente y otra al pulmón aire luz -; un baño, cocina comedor y dependencia. Estado de conservación bueno y ocupado por la Sra. Viviana Damiano, DNI 10.139.144. CONDICIONES DE VENTA: BASE: $ 505.258. SEÑA: 30%. COMISIÓN: 3%. SELLADO DE LEY. ARANCEL ACORDADA 10/99 CSJN.: 0,25%, a cargo del comprador. DEUDAS: Rentas, ABL, Partida Inmobiliaria 1333890 (fs. 559), al 08/11/2013 $ 9.250; OSN (fs. 530) al 31/10/2013 sin deudas; AySA (fs. 534 al 24/10/2013 no registra deudas; Expensas:(fs. 571) al 29/11/2013 no registra deudas. SALDO DE PRECIO: el saldo de precio deberá ser depositado dentro del décimo día de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación alguna, debiendo el comprador integrarlo aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Cód. Proc.- Las sumas deberán ser depositadas en el Banco de la Nación Argentina -Sucursal Tribunales- a la orden de la Suscripta y como pertenecientes a la cuenta de la quiebra. SOBRE DEUDAS: Las deudas que pudieren existir en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, devengadas hasta el día en que...

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