Dal Pozzo C/Renna

Juez Tribunal de Gestión Asociada N° 1, en autos N° 255.300, caratulados "DAL POZZO ADRIANA VERONICA Y OTRO c/RENNA JORGE MAURICIO Y OTRO p/PRESCRIPCION ADQUISITIVA" a fojas 35 Resolvió, "Mendoza, 15 de Abril de 2015. Por presentada, parte y domiciliado en el carácter invocado De la demanda instaurada córrase traslado a los titulares registrales del inmueble objeto de las presentes actuaciones por el término de diez (10) días con citación y emplazamiento para que comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal dentro del radio del Juzgado (artículos 21, 74, 75, 210, 212 y 214 del Código Procesal Civil y artículo 24 de la Ley N° 14.159). Publíquense edictos por diez (10) veces a intervalos regulares durante cuarenta ( 40) días en el Boletín Oficial y Diario Los Andes, citándose a todos los que se consideren con derechos sobre el inmueble. Cítese a Fiscalía de Estado, Gobierno de la Provincia y Municipalidad de Godoy Cruz a los efectos dispuestos por el artículo214 del Código Procesal Civil. Oportunamente, córrase traslado de la demanda al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes: y dése intervención al Sr. Agente Fiscal. con remisión del expediente. Ofíciese a las reparticiones con registro con el fin de que informen deudas. gravámenes y titularidad registral de la propiedad que se pretende usucapir. Ofíciese a la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia correspondiente a la circunscripción a la que pertenece el inmueble cuya usucapión se pretende, a fin de que tome nota de la iniciación del presente proceso al sólo efecto de la publicidad noticia (artículo 59 Ley N° 8.236). Como se solicita, practíquese información sumaria, oficiándose a la Secretaría Electoral y Policía de Mendoza, a los fines de que informe el último domicilio que registra de los Sres. Adriana Verónica Dal Pozzo y Orlando Atilio Dal Pozzo, consignándose en el mismo, la mayor cantidad de datos posibles. Ofíciese. Notifíquese. Dra. Roxana Alamo Juez. A fojas 39 el Tribunal resolvió...

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