Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 7 de Mayo de 2019

Fecha07 Mayo 2019
Citado como266/19
EmisorCorte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Argentina)

Reg.: A y S t 290 p 12/23.

En la ciudad de Santa Fe, a los siete días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, doctores D.A.E., R.F.G. y E.G.S., con la presidencia de su titular doctora M.A.G., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados "DAL LAGO, G.O. Y DAL LAGO, O.J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'DAL LAGO, OMAR GUILLERMO Y DAL LAGO, O.J. S/ HOMICIDIO AGRAVADO CON EXCESO EN LEGÍTIMA DEFENSA'- (CUIJ 21-07003497-9) SOBRE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)" (Expte. C.S.J. CUIJ N° 21-00511911-9). Se resolvió someter a decisión las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente? TERCERA: en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden que realizaron el estudio de la causa, o sea, doctores: E., G., G. y S..

A la primera cuestión, el señor Ministro doctor E. dijo:

Mediante acuerdo registrado en A. y S. T. 281, pág. 418, esta Corte admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Querellante contra la resolución 148, del 22 de marzo de 2017, dictada por el Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctor C., por entender que las postulaciones del compareciente contaban -prima facie- con suficiente asidero en las constancias de la causa y ostentaban entidad constitucional como para operar la apertura de esta instancia de excepción.

El nuevo examen de admisibilidad que le compete efectuar a este Tribunal a mérito de lo dispuesto por el artículo 11 de la ley 7055, con los principales a la vista, me conduce a ratificar dicho criterio, de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General a fojas 46/51v. -quien propicia la declaración de admisibilidad de la vía-.

Voto, pues, por la afirmativa.

A la misma cuestión, la señora P. doctora G. y los señores Ministros doctores G. y S. expresaron idéntico fundamento al vertido por el señor Ministro doctor E. y votaron en igual sentido.

A la segunda cuestión, el señor Ministro doctor E. dijo:

  1. En lo que aquí resulta de interés, por resolución del 28 de setiembre de 2016, la Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción N° 3 de Rosario, procesó a O.G.D.L. por considerarlo probable autor del delito de homicidio agravado con exceso en la legítima defensa, manteniendo su estado de libertad, conforme lo normado por los artículos 325 del Código Procesal Penal y 80, inciso 9, 45 y 35 en función del 34, inciso 6 del Código Penal. Asimismo, decidió sobreseer a O.J.D.L. a tenor de lo dispuesto en el artículo 356, inciso c del Código Procesal Penal (fs. 486/496v., autos principales).

  2. Apelado este pronunciamiento por la Fiscal (fs. 502/503v., autos principales) y por el Querellante (fs. 504/506v., autos principales), el Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctor C., por acuerdo 148, del 22 de marzo de 2017, lo confirmó (fs. 526/v., autos principales).

    Para así resolver, expuso el Magistrado que: "...probabilizado el exceso en la legítima defensa de O.G.D.L., viene en apelación de los actores penales el sobreseimiento de su hijo O.J. que la a quo fundó en la pericia de gendarmería de fs. 454 relacionada con la autopsia de fs. 82/84, resultas de lo cual se determinó que el proyectil extraído a la víctima C. fue disparado por el arma Taurus adjudicada al primero, Sub-Director de Policía. El agravio esencial de los apelantes radica en que ese proyectil no fue el letal; y es cierto porque la autopsia de fs. 84 da cuenta que se extrajo de la cara externa de la cadera derecha, que si bien coincide con el ingreso de un proyectil por el flanco derecho de la creta ilíaca identificado allí como proyectil N° 2, que resultó letal, pudo mover a confusión de la a quo por cuanto el proyectil identificado como N° 1 entra por el glúteo también derecho que no resultó letal, y de allí se lo extrae. Pero este estado de duda en cuanto a si ese disparo letal lo causó el sobreseído con su arma reglamentaria, no lo puede perjudicar, porque aún siendo policía la calidad de imputado le otorga derechos constitucionales como el in dubio pro reo acuñado en el art. 5 del CPPSF, según ley 12912 vigente para el caso. El mismo según dicho texto tiene operación en cualquier grado e instancia del proceso, por lo cual de todo lo actuado y de lo que es esperable obtenerse en el futuro, esa ausencia comprobable de proyectiles en el cuerpo de la víctima que hubieran salido de su arma, permite confirmar el auto recurrido, por más que haya admitido que disparó para disuadir, ya que no hay datos objetivos ni subjetivos que permitan reconstruir que haya impactado a la víctima".

  3. Contra la resolución de la Alzada, el Querellante interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando que ésta no reúne las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción y contraría diversas normas de los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (fs. 1/26).

    En primer lugar, expresó que el pronunciamiento contradice el derecho a la justicia de la parte querellante, ya que se excluye definitivamente del proceso a uno de los imputados que -dijo- tuvo trascendental participación. Puso de resalto que la aplicación al caso del beneficio de la duda en esta instancia procesal desconoce los abundantes elementos de prueba que han sido recolectados y que no fueron tenidos en cuenta a la hora de resolver.

    Tildó de contradictoria a la decisión del A quo, en el entendimiento de que la confirmación del sobreseimiento no se compadece con la argumentación expuesta por él mismo para revocar el anterior sobreseimiento dictado a favor de los imputados. Explicó que en esta oportunidad el Magistrado entendió que existía perplejidad respecto a cómo había sido impactada la víctima y que restaban realizar medidas probatorias, y que ahora, a pesar de que ninguna de la evidencias reunidas con posterioridad constituye un elemento de descargo sino que al contrario resultan suficientes para lograr la probabilidad, el referido J. confirma el sobreseimiento de O.J.D.L..

    Expuso que en el caso -a su juicio- se habría quebrantado el principio de la sana crítica racional, con base en que la "no probabilidad" para reunir el grado de certeza negativo requerido para fundar un sobreseimiento se convirtió en la existencia de una duda razonable que excluye cualquier posibilidad de sometimiento al proceso de uno de los encartados.

    Refirió a la calificación legal escogida por la Jueza de grado para procesar a O.G.D.L., afirmando que se tomó por válida una hipótesis de lo ocurrido sin ninguna valoración de los elementos probatorios que se tuvieron en cuenta para justificar la conducta del imputado.

    Respecto al...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR