Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 5 de Febrero de 2015, expediente CNT 024254/2009/CA002 - CA001

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.66402 CAUSA NRO. 24254/09 AUTOS:“DEL D.M.L. Y OTRO C/ FARMACIA CENTRAL SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE Y OTRO S/ DESPIDO”

JUZGADO NRO.42 SALA I Buenos Aires, 5 de Febrero de 201 5 .

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por los Dres. Gloria E.M. y C.J.U. –ambos por derecho propio- fs. 1106 que apela por bajos sus honorarios en la etapa de ejecución.

Por otro lado, la demandada a fs. 1107/1108 cuestiona la forma que fueron impuestas las costas y los honorarios regulados a la parte actora por altos.

Y CONSIDERANDO:

I.Que, en virtud de que los argumentos esgrimidos por el recurrente no logran conmover los fundamentos expuestos por el Sr. Juez a-quo en el decisorio recurrido, corresponde confirmar la imposición de costas establecida en origen (art. 68 C.P.C.N.N.).

II.El mérito, eficacia y la extensión de los trabajos realizados, las facultades conferidas al Tribunal por el art.38 L.O., arts. 1, 3, 6, 7, 8, 19 , 37 Y 40 de la Ley 21839- modif. por la ley 24432 y las normas arancelarias de aplicación, lucen adecuados los honorarios cuestionados por lo que corresponde mantenerlos.

Por todo ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados .

R., notifíquese, oportunamente comuníquese el presente pronunciamiento (art. 4 Acordada CSJN Nº 15/13) y devuélvase.

Ante mí:

E.I.R.P. de Cámara Fecha de firma: 05/02/2015 Firmado por: G.A.V., JUEZ DE...

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