Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 7 de Marzo de 2017, expediente CCC 074181/2015/1/CA038

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CCC 74181/2015/1/CA38 CCCF –SALA I CFP 74181/2015/1/CA38 “D S O s/ rechazo de excarcelación”

Juzgado N° 5 – Secretaría N° 9 Buenos Aires, 7 de marzo de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones nuevamente a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 38/42 por la defensa oficial de S O D, contra la resolución obrante a fs. 34/35, en cuanto dispuso no hacer lugar a la excarcelación de la nombrada bajo ningún tipo de caución.

  2. De la lectura de las constancias obrantes en el legajo se desprende que el a quo sustentó el pronunciamiento puesto en crisis a partir de ponderar determinados extremos que, a su entender, permitían aseverar la existencia de riesgos procesales en el caso de marras. Previo a fundar su decisión, hizo hincapié en que conforme la opinión del Ministerio Público Fiscal al momento de contestar la vista conferida, no habían variado sustancialmente ninguna de las circunstancias que habían sido valoradas a la hora de denegar el anterior pedido de excarcelación.

    En este orden, además de considerar la escala penal plasmada en los delitos enrostrados a S O D –recordemos que la Cámara Nacional de Apelaciones en los Criminal y Correccional confirmó parcialmente el procesamiento de primera instancia modificado la calificación legal a la de asociación ilícita en calidad de miembro, coautora del delito de ejercicio ilegal de la medicina o arte de curar y coautora de comercialización de medicamentos sin la autorización legal (hecho I); y dictó la falta de mérito respecto del Fecha de firma: 07/03/2017 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO #28543944#173307229#20170307125439479 delito de aborto con consentimiento seguido de muerte (hecho II)-el magistrado contempló ciertas aristas que lo hacían presumir que, de estar en libertad, la imputada podía eludir la justicia.

    Destacó, fundamentalmente, que atento al estado de la investigación aún restaban medidas por producir –

    fundamentalmente una rueda de reconocimiento de la que la imputada deberá participar- e imputados por individualizar, así como también contempló la existencia de personas ya identificadas que se encuentran prófugas, todo lo cual lo hizo concluir que de recuperar la libertad no se someterá a proceso o lo entorpecerá.

  3. A su...

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