Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 2 de Agosto de 2017, expediente CFP 003017/2013/209/CA053

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3017/2013/209/CA53 C.C.C.F. Sala Segunda CFP 3017/2013/209/CA53 “D. S.A. s/levantamiento de su Inhibición General de Bienes -

apelación UIF”

Juzgado 7 Secretaría 13 Buenos Aires, 2 de agosto de 2017.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. El levantamiento de la inhibición general de bienes de la firma D. S.A fue apelado por una de las partes querellantes en la causa y esa decisión a la fecha no ha sido ejecutada por no encontrase firme (fs.97/8 y 99/101). La medida precautoria había sido dispuesta a pedido de la UIF por la relación entre esa sociedad y D.P.G.

    luego que fue procesado por infracción al artículo 303 del Código Penal (en copias a fs. 1/7 y 10/23).

  2. De los testimonios acompañados al momento de ser inscripta en la Inspección General de Justicia el 16 de febrero de 2005 surge que el nombrado participó de la constitución de esa persona jurídica como accionista y que fue designado su Presidente (fs.

    34/9).

    Por su parte, la copia de la transcripción del libro de depósito de acciones y de asistencia a asambleas generales de D.S.A. que refleja el cese de la titularidad, así como la del acta de asamblea en la que se instrumentó el cambio de directorio fueron certificadas ante escribano el 2 de agosto de 2013 -misma fecha en la que su actual representante dice haber publicado los edictos en el Boletín Oficial-

    mientras que su presentación en la IGJ se efectuó el 14 de enero de 2014 (fs. 47/51 y 61).

  3. Iniciando el estudio de la cuestión, debe resaltarse que, como se expuso, la documentación de esta situación recién resulta oponible a terceros a partir de una fecha posterior al inicio de la causa (abril de 2013), pero además debe considerarse que ella se contrapone con el reconocimiento de ser presidente y accionista de la firma Fecha de firma: 02/08/2017 Alta en sistema: 04/08/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.H., Secretario de Cámara #30031884#184671590#20170802112922850 efectuado por P.G. en el escrito de descargo que acompañó al momento de su intimación en septiembre de 2015 (fs. 13983/5 del principal).

    Además, más allá de que el organismo especializado no haya encontrado antecedentes que involucren de manera directa a D. S.A. con las operaciones comerciales vinculadas al objeto procesal investigado en los actuados (fs. 92/4), no puede olvidarse la situación procesal de D.P.G., quien en el caso de...

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