Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 18 de Octubre de 2016, expediente CFP 11991/2014/26

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 11991/2014/26/CA5 CCCF- SALA I CFP 11991/14/26/CA5 “O., D. y otros s/falta de mérito”

Juzgado Nº 9 – Secretaria Nº 18 Buenos Aires, 18 de octubre de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación que el representante del Ministerio Público Fiscal interpusiera a fs. 16/29 contra la decisión que, en atención a las medidas de prueba que restaban practicarse, dispuso la falta de mérito para procesar o sobreseer a M.

    R. K., M.E.S. y D.E.O., ordenando asimismo su inmediata libertad.

  2. Al expresar sus discrepancias, el acusador público sostuvo que las diligencias a las que aludiera el a quo si bien podrían contribuir para esclarecer definitivamente los hechos, lo cierto es que los elementos de convicción aunados al expediente durante su sustanciación se mostraban suficientes para ordenar la sujeción a proceso de los imputados.

    Asimismo, indicó que conforme al estado prematuro de la pesquisa y las diligencias en curso, sumado a la gravedad de los hechos investigados, el procesamiento de O. debía ser ordenado con prisión preventiva.

  3. Sobre el particular, y para comenzar a despejar el planteo que aquí se efectúa, conviene recordar que el presente proceso tiene por objeto dilucidar la supuesta actividad desplegada por los imputados con la finalidad de captar personas en situación de vulnerabilidad con fines de explotación sexual en diferentes inmuebles que resultaron ser de propiedad de D.O.

    Fecha de firma: 18/10/2016 Alta en sistema: 20/10/2016 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.M.C.J., PROSECRETARIA DE CAMARA #28806737#164680707#20161018134933131 Así pues, conforme se pudo conocer durante el decurso de la instrucción, que circunscribió la investigación del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nro. 20, Secretaría nro. 162, donde se ordenaron allanamientos en los departamentos PB “D”, 3°”B”, 10”D” y 13”D” del edificio de A.S.F. xxx con resultados positivos respecto del ejercicio de la prostitución, así como los allanamientos de otras propiedades subarrendadas del imputado - A. Sx F. xxx, P.B. “A”, “B”,”D”, 1° piso “D”, 3° piso “B”, “D”, 10° piso “D”, 13° piso “D”; J. 87 2° piso “D”, 4° piso “D”, 5° piso “B”, 6° piso “A”, 6° piso “B”, “D”, 7° piso “A”, “B”; L. 163...

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