D. 1282/13. Asignaciones familiares. Dec. 614/13; tope de ingresos; Montos. Modificación

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720 LEGISLACIÓN
— FE DE ERRATAS —
Decreto 1242/2013
En la edición del Boletín Of‌icial Nº 32.710
del 28 de agosto de 2013, en la que se publi-
có el citado decreto, se deslizó el siguiente
error:
DONDE DICE: “ARTICULO 4º.- Incremén-
tanse las deducciones establecidas...”
DEBE DECIR: “ARTICULO 4º.- Las deduc-
ciones establecidas...”
D. 1282/13. Asignaciones familiares. Dec.
614/13; tope de ingresos; montos; modi-
f‌icación (B.O. 4-9-13).
Considerando:
Que a través de la ley Nº 24.714 y sus
modificatorias se instituyó con alcance na-
cional y obligatorio un régi men de asigna-
ciones familiares pa ra los trabajadores que
presten serv icios remunerados en r elación de
dependencia en la activ idad privada y pública
nacional, los titulares del Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA), de pensiones
no contributivas por i nvalidez, de la ley de
riesgos del trabajo y de la prestación por
desempleo.
Que el decreto Nº 614 del 30 de mayo de
2013 estableció los rangos, topes y montos de
las asignaciones fami liares para los titula res
de derecho incluidos, entre otros, en los inci-
sos a) y b) del artículo 1º de la ley Nº 24.714
y sus modif‌icatorias.
Que el Estado Nacional debe impulsar po-
líticas públicas que acompañen el crecimiento
económico y de esa manera favorecer a todos
los sectores de la sociedad.
Que es política permanente del Poder
Ejecutivo Nacional instrumentar med idas
dirigidas a fortalecer el poder adquisitivo de
los trabajadores y de sus familias.
Que el sistema de seguridad social es una
herramienta indispensable para la redistri-
bución de los recursos dando cobertu ra a
las contingencias sociales relacionadas a las
cargas de familia como es el caso de las pres-
taciones por asignaciones fami liares previstas
en la ley Nº 24.714 y sus modif‌icatorias.
Que dicho incremento resulta conveniente
a fin de adecuarlo a las mejoras sala riales
evidenciadas en el mercado labora l evitando
la pérdida de las prestaciones por el incre-
mento de los salarios.
Que el Poder Ejecutivo Nacional se encuen-
tra facultado por el artículo 19 de la ley Nº
24.714 y sus modif‌icatorias para determi nar
la cuantía, rangos y topes de las asignaciones
familiares.
Que ha tomado la intervención de su com-
petencia el ser vicio juríd ico permanent e.
Que la presente medida se dicta en uso de
las atribuciones c onferidas al Poder Ejecutivo
Nacional por el artículo 99, inciso 2 , de la
Constitución Nacional y el artículo 19 de la
ley Nº 24.714 y sus modif‌icatorias.
Por ello,
La Presidenta
de la Nación Argentina
decreta:
artícuLo 1º — Modifícase el ar tículo 1º del
decreto Nº 614/13, el cual queda re dactado
del siguiente modo:
“El límite de ingresos m ínimo y máxi mo
aplicable a los titulares de los incisos a) y
b) del artículo 1º de la ley Nº 24.714 y sus
modificatorias, cor respondientes a l grupo
familiar referido en el artículo 1º del decreto
Nº 1667/12, será de pesos doscientos ($ 200)

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