Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 18 de Octubre de 2018, expediente FCB 031030310/1996/CA001

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

AUTOS: “CUOMO DE DURET, I.N. c/ ESTADO NACIONAL s/

SUPLEMENTO FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”

En la Ciudad de Córdoba a días del mes de del año dos mil dieciocho, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

CUOMO DE DURET, I.N. c/ ESTADO NACIONAL s/

SUPLEMENTO FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

(Expte. N°

FCB 31030310/1996/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la parte demandada, en contra de la Resolución de fecha 4 de Octubre de 2017, dictada por el señor Juez titular del Juzgado Federal N° 3 de esta Ciudad y por la cual, en lo que aquí importa, reguló los honorarios de los representantes legales de la parte actora, D.. D.C.P. y M.S., por las labores tendientes a obtener el cumplimiento efectivo de la sentencia, en las sumas de Pesos Mil doscientos ($1.200) y Trescientos ($300), respectivamente, montos a los que, de proceder, deberá

agregársele el importe correspondiente al IVA. en función de la condición de responsable inscripto que detentan los citados profesionales en dicho impuesto. A los importes en cuestión, y en caso de mora, se le adicionará el interés de la tasa pasiva promedio que publica el BCRA. desde la fecha de dicho decisorio y hasta su efectivo pago., todo ello a cargo de la parte accionada.

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: L.N.

– A.G.S. TORRES – L.R.R..

Fecha de firma: 18/10/2018

Alta en sistema: 22/10/2018

Firmado por: A.G.S. TORRES,

Firmado por: L.R.R.,

Firmado por: L.D. VALLE NAVARRO,

Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CAMARA

28228104#218457151#20181009094559290

La señora Jueza de Cámara, doctora L.N., dijo:

I.- Llegan los presentes autos a esta instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la parte demandada, en contra de la Resolución de fecha 4 de Octubre de 2017, dictada por el señor Juez titular del Juzgado Federal N° 3 de esta Ciudad y por la cual, en lo que aquí importa, reguló los honorarios de los representantes legales de la parte actora, D.. D.C.P. y M.S., por las labores tendientes a obtener el cumplimiento efectivo de la sentencia, en las sumas de Pesos Mil doscientos ($1.200) y Trescientos ($300), respectivamente, montos a los que, de proceder, deberá

agregársele el importe correspondiente al IVA. en función de la condición de responsable inscripto que detentan los citados profesionales en dicho impuesto...

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