Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 30 de Junio de 2015, expediente COM 038645/2014

Fecha de Resolución30 de Junio de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 38645/2014 - CUL STORE S.R.L. S/ QUIEBRA c/ FARAMIR S.R.L. Y OTROS s/ORDINARIO Juzgado n° 9 - Secretaria n° 17 Buenos Aires, 30 de junio de 2015.

Y VISTOS:

  1. Apeló subsidiariamente la codemandada C. S.A. el decisorio de fs. 43/44, que amplió en tres días el plazo para contestar el traslado conferido a fs. 8. Su incontestada memoria obra a fs. 45/46.

  2. Si bien se omitió acompañar la documental en que la sindicatura sustentó su pretensión, tal carencia no derivó en concreto agravio para la quejosa, pues ejerció en plenitud su derecho no sólo a contestar la demanda sino a oponer las excepciones a que se considera con derecho. De tal modo, la falta de los anexos, al conferírsele traslado de la demanda ningún perjuicio le causó ni la colocó en estado de indefensión, por cuanto pudo en legal tiempo responder la acción: ver fs. 35/42 (CNCom., Sala E, in re: “Banco Liniers Sudamericano S.A. c/ R., R.H. s/ ordinario”, 8-8-01).

    Adviertase que desde el 13-3-15 en que le fue notificada la demanda (ver fs. 50 vta.) tuvo tiempo más que suficiente para acercarse al tribunal a constatar la documentación no anejada por la sindicatura en su demanda y extraer las copias que estimare necesarias. Máxime considerando que el plazo para contestar la demanda fue ampliado -al admitir la revocatoria que interpuso- a 10 (diez) días por la Juez a quo (ver fs. 47/49).

  3. Se desestima la apelación de fs...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR