(*) - CUIJ N° 13-06802959-1 CARATULADOS: "ALVARADO ANABELA AYELEN P/ QUIEBRA DEUDOR

Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2022

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 32 de los autos CUIJ N° 13-06802959-1 caratulados: "ALVARADO ANABELA AYELEN P/ QUIEBRA DEUDOR”, se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 21 de Marzo de 2022. Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO:... I. Declarar la QUIEBRA de ALVARADO ANABELA AYELEN con D.N.I. N° 40.369.010; C.U.I.L. N° 23-40369010-4. V. Fijar el día QUINCE DE JUNIO DE 2022, como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores ante el Síndico las solicitudes de verificación (art. 200 LCQ). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día UNO DE JULIO DE 2022, como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar al Síndico las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas (art. 200, sexto párrafo LCQ), con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VII. Fijar el día DIECISEIS DE AGOSTO DE 2022 como fecha hasta la cual el...

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