CUIJ: 13-06893386-7((011903-1021679)) CASTRO ALBERTO GUILLERMO P/ QUIEBRA DEUDOR

Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2022

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad, Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 29 de los autos Nº1021679 caratulados "CASTRO ALBERTO GUILLERMO P/ QUIEBRA DEUDOR ” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de GUILLERMO ALBERTO CASTRO DNI N°32316148, CUIL: 20-32316148-9; la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288; 289 LCQ).…V. Fijar el día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art.200 Ley 24.522); Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día 18 DE OCTUBRE DE 2022 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ (art. 200 sexto párrafo Ley 24.522) con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED. VI. Fijar el día 15 DE NOVIEMBRE DE 2022 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de créditos, en forma digital exclusivamente; dictándose sentencia de verificación de créditos el día 1 DE DICIEMBRE DE 2022, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal (art. 274 LCQ). VII. Fijar el día 15 DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los...

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