CUIJ: 13-05520462-9((011903-1020744)) SOSA MARIA GRACIELA P/ QUIEBRA DEUDOR

Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2023

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Avenida España 480, 2º piso, ala norte, Ciudad, Mendoza (C.P. 5500) hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 28 de los autos 1020744 caratulados "SOSA MARIA GRACIELA P/ QUIEBRA D” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: I.- Declarar la QUIEBRA de SOSA, MARÍA GRACIELA D.N. I . Nº 17.781.167; C.U.I.L. Nº 27-17781167-7; la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (a r t s. 288; 289 LCQ) .... Fdo. digitalmente 17/03/2021. Dr. Pablo González Masanés,. Regístrese. Notifíquese de modo simple (arts. 26 y 273 ap. 5° LCQ). A fs. 73: se resolvió lo que en fecha y parte pertinente dice;…RESUELVO I. Déjese sin efecto el cronograma de incluido en la sentencia de quiebra, dispositivos V, VI y VII.. II. Fijar el DIECISIETE DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. Para el caso de verificaciones presenciales, habilítase al efecto dos horas más del día hábil siguiente, conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones (art. 14 inc.3 LCQ). III. Fijar el día SIETE DE MARZO DE 2023 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir al domicilio de Sindicatura, a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Para el caso de presentaciones presenciales, habilítase al efecto dos horas más del día hábil siguiente conforme a Acordada de fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 de la Excma. Primera Cámara de Apelaciones. (art. 200 Ley 24.522). Dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, deberá Sindicatura presentar copia de las impugnaciones recibidas a través de la MEED (art. 200 séptimo pá...

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