La cuestión de la "pequeña cantidad"

AutorCarolina Arancibia López
CargoLicenciada en Ciencias Jurídicas. Representando al Circulo Deiure

Ver Nota1

El presente articulo tiene como objetivo principal exponer sintéticamente algunos problemas que se han derivado en la aplicación del delito de microtráfico de drogas tipificado en la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Dicha normativa legal publicada en el Diario Oficial el 16 de febrero de 2005 estableció un tipo penal bastante discutible en doctrina, ya que expresa la doctrina, si dicha conducta delictiva podría ser un delito de tráfico con penalidad atenuada o si en cambio, sería un tipo delictivo distinto del delito de tráfico, esto es, un tipo penal nuevo. En adelante nos proponemos demostrar cuál es la importancia y los efectos de la calificación.De acuerdo al mensaje de la ley 20.000 precitada, esta entrega enterafacultad a los jueces de fondo para resolver sobre condenar a las personas queson sorprendidas con droga, ya sea que la porten, transporten, guarden consigo, oincluso que distribuyan la misma, sea como traficante de psicotrópico oestupefaciente, o como microtraficante de estas mismas sustancias. Esta será lacalificación que se pondera cuando el sujeto posea, porte, guarde consigo odistribuya pequeñas cantidades de droga, lo trascendental es lo que la doctrinadenomina elemento especial del tipo, o sea la pequeña cantidad. Es importantedestacar que si esa denominada “pequeña cantidad” es para un consumopersonal, exclusivo y próximo en el tiempo, en nuestro país, se sancionará alsujeto como consumidor, esto es, ya no como un delito o crimen, sino que comouna falta. A nuestro juicio, fue precisamente el tratamiento que daban los tribunales alconsumo lo que movió al legislador a tipificar el delito de microtráfico de drogas, yaque antes de la dictación de esta ley, se daban en la realidad situaciones bastanteinjustas, como resultado de la aplicación de la misma , toda vez, que en ocasionesse condenaba a personas a penas excesivamente elevadas, con relación al daño que éstas hacían al bien jurídico protegido por la norma, y en otras en cambio, elindividuo que infringía la norma jurídica efectivamente, resultaba absuelto, enrazón de no cumplir con la conducta descrita, esto es, como traficante de droga.Fue precisamente la inclusión del delito de microtráfico en la ley unamanifestación de las políticas criminales altamente represivas, imperante enmateria de drogas en nuestro país. Agregando finalmente al cuerpo normativo elartículo 4º un tipo penal que requiere que la cantidad sea mayor que para unconsumo personal, pero menor a la que se exige para el delito de tráfico.Cabe hacer presente, qué la anterior ley 19.366, de 1995 no consideró a estedelito en forma especial, lo cual trajo como consecuencia que los Tribunales deJusticia, al momento de enfrentarse a la aplicación de las rigurosas penas deltráfico a personas que portaban pequeñas...

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