Cuaderno de Prueba CUADERNO Nº 1 - ACTOR: DOLIVEIRA, HUMBERTO s/CUADERNO

Fecha01 Junio 2018
Número de expedienteFCT 032010535/2006/1
Número de registro207657339

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES Corrientes, treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho.

Visto: Los autos caratulados: “Doliveira, H. c/ Estado Nacional Argentino y Otros

s/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, Expte. FCT Nº 32010535/2006/1, proveniente

del Juzgado Federal de Paso de los Libres, Corrientes.

Considerando:

  1. Que contra la resolución de fs. 81/82 en la que se hace lugar al acuse de

    negligencia de la prueba pericial, se imponen costas a la vencida y fijan honorarios

    profesionales; el actor deduce recurso de apelación al folio 83 y expresa agravios a fs. 85/88 vta.,

    el que es concedido en relación y con efecto suspensivo y tenido por fundamentado por

    providencia de fs. 89.

  2. La apelante alega que desde que asumió la defensa pública en la causa ha

    impulsado la prueba pericial contable oportunamente ofrecida dado que las anteriores no se

    produjeron por no haber tomado posesión del cargo los profesionales designados al no ser

    oriundos de Paso de los Libres –fs. 59.

    Expresa que ante la falta o no aceptación tempestiva de la designación o mediando

    aceptación renunciara sin motivo atendible, rehusara dar dictamen o no lo presentara

    oportunamente, corresponde al juez nombrar otro de oficio y sin más trámite, sin que sea

    necesario el pedido de parte ni sustanciación.

    Invoca los arts. 469 y 470 del CPCCN y fundamenta en ellos su agravio frente a la

    declaración de negligencia probatoria y lo manifestado por el juzgador sobre la base del

    principio dispositivo. Alega que este caso constituye una de las excepciones contempladas por el

    código ritual.

    Cita jurisprudencia relacionada a la interpretación del principio dispositivo, la

    eliminación del ritualismo excesivo, el chicaneo de los operadores del sistema como hecho que

    atenta contra la administración de justicia, el rol del juez en lo que respecta al material de

    conocimiento admitiéndose que pueda completarlo, la sustitución del acuse de rebeldía por la

    perentoriedad de los plazos y el pase de un estadio a otro sin requerimiento de parte, por obra del

    juez o de la ley.

    Fecha de firma: 01/06/2018 Alta en sistema: 05/06/2018 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #23806184#207657339#20180530114919235 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES Pone de resalto que con posterioridad a la reforma introducida al art. 2 de la ley

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