cronograma Sac Junio 2019 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor13 de Junio de 2019
EmisorSecretaría General de la Gobernación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 112
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 13 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
forma, conforme a lo establecido en el Anexo I del artículo 16 de los Plie-
gos de Condiciones de Contratación Generales y Particulares y artículo
8.2.2.4.1 del Decreto Reglamentario N° 305/2014 de la Ley N° 10.155.
Que, se encuentran cumplidas las etapas procesales previstas en el
punto 4.2 del Anexo V del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que, se dio intervención a la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de este órgano rector, para que emita opinión jurídica sobre la
cuestión planteada, a la que adhiero en todos sus términos y me remito en
honor a la brevedad.
Que, cabe destacar, que dicho órgano asesorativo advirtió prima facie
que, la noticación del desistimiento de la oferta presentada por el provee-
dor OTIS ARGENTINA S.A., adolecería de un defecto formal al no quedar
claro que se hayan respetado los plazos legales para considerar que el
proveedor omitió presentar la documentación en tiempo y forma, y que
tampoco existen constancias en autos que permitan entender que la Re-
solución N° 265/2017, por la cual se desiste formalmente la oferta, se haya
noticado al proveedor, defectos que no se encuentran subsanados en
esta instancia, por lo que mal podría reprocharse o cuestionarse la conduc-
ta y responsabilidad del proveedor, en dicho contexto.
Que, en consonancia con lo analizado por la instancia jurídica intervi-
niente, no existe mérito suciente para concluir que la rma OTIS ARGEN-
TINA S.A. ha incurrido conductas pasibles de aplicación de sanciones con-
forme lo dispuesto por el Anexo V del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 23/2019.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1°: DESESTIMAR la solicitud de aplicación de sanciones a
la rma OTIS ARGENTINA S.A., en los términos del artículo 31 inc. i) de
la Ley Nº 10.155 y el artículo 31.1 inc. i) del Decreto Reglamentario Nº
305/2014, propiciada por la Dirección General de Coordinación Operativa
de la Secretaría General de la Gobernación,
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese a los interesados, publí-
quese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES – SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
FDO: SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CION / JOSE ERNESTO SONZINI, DIRECTOR GENERAL DE GESTION
SALARIAL
Centro Cívico del Bicentenario
Rosario de Santa Fe 650
Tel. (0351) 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
boe@cba.gov.arhttp://boletinoficial.cba.gov.ar
Responsable: Liliana Lopez
@boecba

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