Cronograma de pagos

EmisorSecretaría General de la Gobernación
Fecha de la disposición29 de Julio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 147
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 29 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
del mismo cuerpo legal y lo dictaminado por la Dirección General de Adminis-
tración y Legales de esta Agencia, bajo el N° 07 /2016.
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA JOVEN
RESUELVE:
Artículo 1°- CREASE el Programa “Lideres Ambientales” el que se tendrá
como objetivo contribuir a la formación de la juventud cordobesa, fomentando
el ejercicio de la ciudadanía, con conciencia ambiental y ecológica, cuya imple-
mentación será conforme a lo establecido en el Anexo I que se acompaña a la
presente resolución.
Artículo 2°- DISPÓNESE, que a través de la Dirección General de Admi-
nistración y Legales de la Agencia Córdoba Joven, se arbitren los medios nece-
sarios para el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente Programa.
Articulo 3°- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PAULO LEONARDO CASSINERIO, PRESIDENTE / FACUNDO UTRERA, VOCAL /
EDGAR BRUNO, VOCAL / JULIETA RINALDI, VOCAL / VALERIA BUTTELER,
VOCAL / MATIAS ANCONETANI, VOCAL / MARCELO FERRO, VOCAL
ANEXO: http://goo.gl/2taISq
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
FDO: CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION /
CR. JOSE ERNESTO SONZINI, DIRECTOR GENERAL DE GESTION SALARIAL
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 186 - Letra:A
Córdoba, 11 de Julio de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0007-122825/2015, mediante el cual la entidad civil
denominada “Asociación Civil de Abogados de la Provincia de Córdoba”,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, soli-
cita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “Asociación
Civil de Abogados de la Provincia de Córdoba”, con domicilio social en la
Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Ju-
rídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
Asociación Civil de Abogados de la Provincia de Córdoba”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: Guillermo F. García Garro, Director General de Inspección de Perso-
nas Jurídicas

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