Cronograma de Pago 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 13 de Marzo de 2017 |
Emisor | Secretaría General de la Gobernación |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 49
CORDOBA, (R.A.), LUNES 13 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
vidualizan como “Traza A”, “Traza B” y “Traza A-B”. Luego, respecto al Río
Carnero, propone dos posibles trazas que se individualizan como “Traza
C” y como “Traza D”.-
Que conforme surge del informe de fs. 13, la Dirección General de Re-
cursos Hídricos resolvió requerir un nuevo estudio técnico al INA-CIRSA
en base al siguiente criterio técnico: “…Que la traza evaluada respete la
mayor recurrencia, y la que evitará el anegamiento de redes secundarias y
terciarias de caminos, y el anegamiento de las Localidades de San Bernar-
do, Candelaria Sud y Las Bandurrias…”. El INA-CIRSA, conforme dichas
directivas, elaboró y acompañó un nuevo Estudio Técnico que luce agre-
gado a fs. 7/12.-
Que la Dirección General de Recursos Hídricos dispuso, conforme informe
de fs. 13, la intervención de la División de Control de Áridos y Cauce a los
nes del análisis de los Estudios Técnicos agregados a fs. 2/54 del FU. N°
2 y el agregado a fs. 7/12.-
Que a fs. 14/20 obra Informe Técnico expedido por la División de Control de
Áridos y Cauce referido a la “Traza del Río Pinto”. En dicho informe, luego
de analizar las acciones antrópicas que fueran realizadas en el cauce del
Río Pinto mediante acciones mecánicas de canalización y construcción de
bordos de contención, dicha División Técnica concluye armando que la
Traza que se debe respetar es “…la de mayor recurrencia geomorfológi-
ca…”. Expidiendo Informe y recomendando que “…sea autorizada la nueva
traza Propuesta renombrada por esta División como la traza “C”, en virtud
a lo estudiado por el Instituto Nacional del Agua y la División de Control de
Áridos y Cauces…”.-
Que a tales efectos acompaña Puntos de Coordenadas de la Traza pro-
puesta (fs. 17/19) mediante el cual “El Cauce del Rio Pinto queda denido
desde el cruce de la Ruta Nacional N° 9, pasando al Sur de la Localidad de
San Bernardino, Norte de Candelaria Sur, Norte de Las Bandurrias hasta
la desembocadura en el Canal Jesús María…” (fs. 15), más Planimetría
(fs. 20).-
Que a fs. 21/31 luce un segundo Informe Técnico expedido por la referida
División por medio del cual se analiza la “Traza del Río Carnero”. Del infor-
me en cuestión se desprende que el cauce del referido Río es divagante,
razón por la cual el cambio de traza se sucede de manera natural; no
obstante lo cual, en distintos sectores la traza fue modicada de manera
antrópica. Se destaca que el trabajo presentado por el INA-CIRSA detalla
distintas migraciones de cauce. Concluye armando que la Traza que se
debe respetar es “…la de mayor recurrencia geomorfológica…”. Expidiendo
Informe y recomendando “…que la traza denominada “TIC” y variante “C”
sea renombrada como opción “E”, en virtud a lo estudiado por el Instituto
Nacional del Agua y la División de Control de Áridos y Cauces…”.-
Que a tales efectos acompaña Puntos de Coordenadas de la Traza pro-
puesta (fs. 24/30), mediante el cual el cauce del Río Carnero “…pasará por
el Norte de Tinoco, Sur de La Esquina, Sur de Punta del Agua, Norte de
Timón Cruz, Norte de Bajo Hondo hasta la desembocadura de la Laguna
Mar Chiquita…” (fs. 22), mas Planimetría (fs. 31).-
Que habiendo tomado conocimiento del tenor de los informes técnicos y su
planimetría agregada a fs. 14/31, la Dirección General de Recursos Hídri-
cos propicia que de compartir criterio, se continúe el trámite a los nes del
dictado de la Resolución administrativa pertinente (fs. 32).-
POR ELLO, Dictamen Nº 319/16 del Área de Asuntos Legales obrante a fs.
33/34 y facultades conferidas por la Ley Nº 8.548;
EL SEÑOR
SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la determinación del Cauce del Río Pinto, de
acuerdo a los Puntos de Coordenadas y Plano que como Anexo I forman
parte integrante de la presente.-
Artículo 2º.- APROBAR la determinación del Cauce del Río Carnero, de
acuerdo a los Puntos de Coordenadas y Plano que como Anexo II forman
parte integrante de la presente.-
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín Ocial. Pase
a DIVISIÓN TIERRAS para la prosecución de su trámite y registro de las
operaciones en la Dirección de Catastro, con noticación al Registro Ge-
neral de la Provincia.-
FDO.: ING. JUAN PABLO BRARDA – DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HÍ-
DRICOS. ING. EDGAR MANUEL CASTELLÓ – SECRETARIO DE RECURSOS HÍ-
DRICOS.
Anexo: https://goo.gl/AZxrqF
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
CRONOGRAMA DE PAGO INCENTIVO DOCENTE
FDO.: SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL - JOSE ERNESTO SONZINI, DI-
RECTOR GENERAL DE GESTION SALARIAL
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