Cronograma Incentivo Docente 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorSecretaría General de la Gobernación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
8
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 199
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
FDO: SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CION / JOSE ERNESTO SONZINI, DIRECTOR GENERAL DE GESTION
SALARIAL
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
APROSS
Resolución N° 302
Córdoba, 4 de Octubre de 2017.
VISTO: El Expediente N° 0088-111041/2016 del Registro de la Administra-
ción Provincial del Seguro de Salud (APROSS), y
CONSIDERANDO:
Que en los presentes actuados, con fecha 2 de septiembre de 2016, se
realizo auditoria al Hogar María Concepción S.A. de la localidad de Huerta
Grande en donde se constato las malas condiciones edilicias del mismo,
falta de personal y pago a los mismos, como así también de habilitación de
la División de Bomberos, etc.
Que atento a operar el vencimiento de habilitación del mencionado
Hogar por parte del Registro de Unidades de Gestión de Prestaciones de
Salud y debido a la clausura provisoria dado las severas fallas edilicias que
generaron condiciones impropias de habitabilidad, se decidió trabajar en
conjunto con representantes del Ministerio de Salud, RUGEPRESA y pro-
fesionales del Hospital de Santa María de la Secretaría de Salud Mental, a
los nes de realizar un diagnostico de la situación y controlar la evolución
de los aliados allí internados.
Que a propuesta del Secretario de Salud Mental, Dr. FILIPPINI, se in-
dico que los referentes serian el Dr. LLORERAS y la Lic. PAZ, solicitando
mediante informe la incorporación de una Licenciada en Trabajo Social.
En virtud de ello y ante la necesidad de asistencia en la intervención, se
realizo entrevista con la Lic. VIDAL Nadia Elizabeth, con quien se formalizo
vínculo contractual.
Que la Licenciada VIDAL efectuó informe del Hogar María Concepción
donde destaca: ausencia de medicación, escases de insumos de curación
e higiene personal, alto porcentaje de internos anémicos y diarreicos por
ingesta desbalanceada, escaras en pacientes por falta de rotación, incum-
plimiento de tareas del personal de enfermería, precarización laboral, etc.
No obteniendo respuesta de estas situaciones por parte de los propietarios
de la Institución.
Que ante el requisito de asistir a los aliados hogarizados, a fs. 23,
obra visto bueno de la Dirección General de APROSS para la contratación
de las profesionales Dra. OVEJERO y Dra. BOYD a los efectos de evalua-
ción y abordaje de los residentes aliados de esta Administración.
Que en vir tud de auditoría de terreno realizada el día 20 de enero de
2017 e inspecciones realizadas por RUGEPRESA, la Jefatura de Salud
Mental sugiere la evacuación inmediata de los aliados alojados. Con fe-
cha 3 de febrero de 2017, es recepcionada en esta APROSS carta docu-
mento suscripta por la Sra. KRUSE Érica en carácter de presidente de la
Sociedad María Concepción S.A. en la que notica la clausura en forma
total del establecimiento por parte de RUGEPRESA, intimando a un plazo
de 48 horas el retiro de los residentes.
Que con fecha 3 de febrero de 2017 se procede al traslado de los a-
liados al Hogar San Expedito de la localidad de Pilar, el que se realizó por
Transporte Lipa.
Que en el marco del artículo 12 de la Ley N° 9277 donde establece
que esta Administración otorgara a sus aliados o beneciarios cobertura
asistencial con el objeto de promover la salud, prevenir la enfermedad,
recuperar y rehabilitar la situación de salud, esta APROSS, cuenta con el
Sistema de Atención Integral al Discapacitado (SAID) a través del cual se
dispone de Instituciones y profesionales prestadores en distintas discipli-
nas.
Que las facultades conferidas por el artículo 26 de la mencionada Ley
establecen: “El Directorio de la APROSS tendrá las atribuciones y deberes
que se detallan: inciso f) Celebrar los convenios y contratos necesarios
para la marcha de la entidad, de acuerdo a las normas que resulten apli-
cables” es que con fecha 15 de agosto de 2008, entre esta APROSS y el
Hogar María Concepción se suscribe convenio a los nes que se brinden
prestaciones del SAID a los beneciarios de esta Administración.
Que del citado convenio, en su clausula octava, establece que el
prestador estará sometido al control y auditoria de APROSS con el n
de scalizar y vericar la calidad de servicio prestado a sus aliados y el
cumplimiento de sus obligaciones a cargo. Asimismo su clausula decima
contempla las sanciones aplicables en caso de incumplimiento contractual,
tales como: “(…) la interrupción total o parcial del servicio; la prestación
insuciente o defectuosa (…) la inobservancia de las normas establecidas
en el presente contrato (…)”. Igualmente corresponde poner de manies-
to lo establecido en la clausula undécima que cita: “El Prestador declara
que se encuentra plenamente capacitado (profesional, jurídica, técnica,
patrimonial, económica y nancieramente) para el efectivo y ecaz cumpli-
miento de las obligaciones emergentes del presente contrato, asegurando
la prestación de sus servicios profesionales (…) El prestador se obliga a
denunciar oportunamente a APROSS la modicación de cualquier circuns-
tancia que afecte el normal desarrollo del presente contrato…”.
Que en vir tud de la clausura del Hogar María Concepción, Institución
prestadora del SAID, esta Administración se vio obligada a la contratación
de profesionales a los nes de realizar un diagnostico de la situación y
controlar la evolución de los aliados allí internados, como así también el
traslado de los mismos dada la clausura denitiva.
Que el Área de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le com-
pete de fs. 96 a 100.
Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones conferidas
por el artículo 26º de la Ley N° 9277.
POR TODO ELLO,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR