Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Marzo de 2009, expediente Ac 106555

PresidenteGenoud-Negri-Kogan-de Lázzari
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 106.555 "C., D.A.. Internación".

//Plata, 11 de Marzo de 2009.

AUTOS Y VISTO:

  1. En estos obrados, el Tribunal de Familia nº 3 de Lomas de Z. rechazó el planteo de incompetencia efectuado por la Titular de la Unidad de Defensa Civil nº 4 del mismo Departamento Judicial y resolvió seguir entendiendo en cuanto al control médico del causante internado en su jurisdicción (fs. 10 y vta.).

    Contra dicho pronunciamiento, la mencionada funcionaria dedujo recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 12/14 vta.), el que fue concedido (fs. 15)

  2. Al respecto, es dable señalar -sin perjuicio de otras consideraciones que podrían efectuarse en cuanto a la concesión del remedio extraordinario- que esta Corte ha decidido reiteradamente, al abordar la cuestión planteada por la vía revisora, que las resoluciones dictadas en materia de competencia no revisten carácter definitivo en la medida que no atribuyan el conocimiento de la causa a una jurisdicción extraprovincial (conf. doct. Ac. 85.674, 19- II-2003; Ac. 87.325, 30-IV-2003; Ac. 97.036, 7-VI-2006; Ac. 98.074, 29-XI-2006; Ac. 99.544, 18-IV-2007), denieguen la competencia federal (conf. doct. Ac. 88.397, 17-XII-2003; Ac. 91.347, 17-V-2006; Ac. 97.943, 27-IX-2006; Fallos 302:1626; 324:4469; entre otros) o se...

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