Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 5 de Octubre de 2017, expediente FRO 023000987/1998/CA001

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 05 de octubre de 2017.

Visto, en acuerdo de la Sala “A” el expediente N.. FRO 23000987/1998 caratulado: “CRISPINA, JOSE SANTO c/

ANSES s/ REAJUSTE POR MOVILIDAD”, (originario del Juzgado Federal Nro. 2 de esta ciudad).

  1. Vienen los autos con motivo del recurso de apelación y conjunta nulidad interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social (fs. 205/207 vta.) contra la resolución del 19-10-2012 (fs. 203) que en lo que aquí interesa, aprobó en cuanto por derecho hubiere lugar la planilla practicada, debiendo estarse en cuanto a su cumplimiento a lo dispuesto en la forma ordenada en la sentencia del Superior. Las costas de la presente incidencia serán impuestas a la demandada (artículo 68 CPCCN).

    Concedido el recurso (fs. 208), se corrió

    traslado a la actora quien contestó agravios a fs. 211/212.

    Elevadas las presentes actuaciones e ingresadas por sorteo informático en esta Sala “A”, se dispuso el pase de los autos al Acuerdo (fs. 224).

  2. La demandada se agravia en tanto afirma que no obstante que la planilla aprobada en las actuaciones judiciales de reajuste lo fue en cuanto por derecho hubiere lugar, y la ANSES demandada liquidó y pagó las sentencias firmes en favor de la actora conforme a derecho, hoy se rechace la excepción de pago, sin mayores fundamentos técnicos, sin que medie prueba alguna en el expediente judicial de ejecución de sentencia, y sin siquiera hacerse referencia a las actuaciones administrativas respectivas en donde obra agregada la liquidación de las sentencias firmes del juicio de reajuste y se manda a llevar adelante la ejecución por supuestas diferencias de liquidación.

    Asevera que estaríamos ante una ficción de Fecha de firma: 05/10/2017 proceso en el cual la Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE C.S. arbitrariedad y el violentamiento del Firmado(ante mi) por: MILAGROS CABAL, SECRETARIA #2870274#189859723#20171005112317154 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A derecho de defensa son tan claros como que el simple hecho de una aparente diferencia numérica entre la planilla oportunamente aprobada por cuanto derecho hubiere lugar y lo efectivamente pagado siguiendo las pautas indicadas, sin necesidad de probanza alguna, da lugar a una sentencia condenatoria contra la administración.

    Ratifica y da por reproducida la planilla de pago obrante en el expediente administrativo adjunto...

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