El crimen de Lucio Dupuy: la pena no es un misterio y las dos condenadas pasarán 50 años en la cárcel, como Robledo Puch

Magdalena Espósito Valenti, en una de las audiencias realizadas en diciembre pasado

Por las penas que les impondrán, Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez pasarán a formar parte del listado de asesinos más sangrientos de la historia penal argentina. La progenitora de Lucio Dupuy y su novia estarán 50 años presas por el homicidio del niño , de cinco años, ocurrido el 26 de noviembre de 2021, en Santa Rosa, La Pampa.

Debido a la gravedad de los delitos por los que fueron condenadas, la madre de Lucio Dupuy y su pareja podrían salir de prisión en 2071 . En la audiencia de cesura, convocada para el 13 febrero próximo, los magistrados deberán establecer si le agregan a la pena de prisión perpetua la accesoria por tiempo indeterminado, lo que equipararía la condena a las que recibieron Carlos Eduardo Robledo Puch y más conocido como el Ángel de la Muerte y Roberto José Carmona, conocido como la Hiena.

Al dictar el veredicto condenatorio , los magistrados del Tribunal de La Pampa, consideraron a Espósito Valenti responsable del homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento, cuyas penas figuran en los incisos 1 y 2 del artículo 80 del Código Penal. Mientras que Páez fue condenada por el homicidio doblemente calificado en concurso real con el abuso sexual agravado contra el pequeño.

El consuelo del abogado querellante José Aguerrido a Christian Dupuy, padre de Lucio, en el momento de escuchar el veredicto

Luego de 18 audiencias en las que se expusieron pruebas y declararon testigos, los magistrados Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora, llegaron a la conclusión de que correspondía calificar la conducta de Espósito Valenti y Páez con figuras penales que tienen una expectativa de condena de prisión perpetua.

Los artículos mencionados por los magistrados para calificar los delitos cometidos por las acusadas no contemplan una pena distinta a la prisión perpetua. Así lo establece la ley.

"Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia", determina el artículo 80 del Código Penal en el inciso 1. Mientras que los agravantes del ensañamiento y la alevosía, están establecidos en el inciso 2 del mencionado artículo.

En el caso de Espósito Valenti, por tratarse de la progenitora de la víctima, los magistrados la consideraron responsable del homicidio...

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