Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 10 de Junio de 2009, expediente 41.610
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2009 |
Poder Judicial de la Nación °
Causa N° 41.610 ACremaschi, H.M. en autos: s/ defraudación@.
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Juzgado N° 6 - Secretaría n° 12.
R.. 558
Buenos Aires, 10 de junio de 2009.
Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Los presentes actuados llegan a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte querellante -Dr.
E.P.- en representación de Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias S.A., a fojas144/146 contra la resolución de fojas 133/135, mediante la cual el Juez de grado resolvió sobreseer en las presentes actuaciones a H.M.C. (art. 336, inc. 2 del C.P.P.N.).
La asistencia técnica de INTEA S.A., en el escrito de apelación, sostuvo que la resolución en crisis A...resulta prematura y carente de fundamentación...@. En este sentido, abocó su esfuerzo argumentativo a contrastar la versión dada por el imputado en su declaración indagatoria obrante a fojas 128/130, teniendo como base para ello la prueba aunada en autos, en virtud de lo cual, entendió que el magistrado había realizado una errónea valoración de la prueba producida.
A fojas 169/171 se agregó el escrito presentado por el Dr.
Pinto a tenor de lo dispuesto por el artículo 454 del Código ritual.
Las presentes actuaciones se originaron a raíz de la denuncia efectuada por E.P., apoderado de INTEA S.A., entidad perteneciente al INTA, a través de la cual acusó a H.M.C. de haber defraudado a su representada. Relató que entre dicho organismo y la empresa HYPC S.A.,
cuyo directorio estaba presidido por el nombrado, se había suscripto un acuerdo comercial, a través del cual el ente nacional efectuó una inversión estratégica para asistir a la firma mencionada con el fin de fomentar el cultivo de cebolla para exportación. En dicho acuerdo -cuyo documento se halla reservado en Secretaría-
se plasmaron los objetivos, obligaciones a cargo de cada una de las partes, los mecanismos de implementación del proyecto, las diversas responsabilidades,
distribución de utilidades y demás pormenores referentes a dicho proyecto.
En una de sus cláusulas -la séptima- HYPC se comprometió a:
A...a) seleccionar un predio adecuado para el cultivo de cebolla en alguna de las zonas productivas más aptas del país, con disponibilidad de suficiente agua de riego; b) negociar el arrendamiento de dicho predio con el propietario del mismo en forma de maximizar el empleo de los recursos financieros disponibles; c)
designar un equipo técnico propio, el cual estará a cargo de supervisar todas las tareas operativas...
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