Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala A, 24 de Septiembre de 2021, expediente COM 000376/2019/CA003

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala A

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial 376 / 2019

CREDITIA FIDEICOMISO FINANCIERO c/ CORREA GARCIA, MARIA

ELENA s/ EJECUTIVO

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2021.-

Y VISTOS:

Conforme el monto comprometido en la presente ejecución de honorarios, y meritando la labor profesional desarrollada por su eficacia, extensión y calidad, estando apelados sólo por bajos, se confirman en dos mil quinientos ochenta y ocho pesos con cincuenta y seis centavos, equivalentes a 0,52 UMA

-conforme el valor vigente a la fecha de regulación de la primera instancia-, los honorarios regulados con fecha 26.08.2021 a favor del doctor J.M.A. (arts. 13, 16, 20, 21, 41, 54 Ley 27.423).

Notifíquese la presente resolución a las partes y al beneficiario.

Oportunamente, devuélvanse virtualmente las actuaciones a la instancia anterior.

A fin de cumplir con la publicidad prevista por el art. 1 de la ley 25.865, según el Punto I.3 del Protocolo anexado a la Acordada 24/13 CSJN, hágase saber a las partes que la publicidad de la sentencia dada en autos se efectuará

mediante la pertinente notificación al CIJ.

M.E.U.

H.O.C.

ALFREDO A. KOLLIKER FRERS

V.C.P.

Prosecretaria de Cámara Fecha de firma: 24/09/2021

Firmado por: A.A.K.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.C.P., Prosecretaria de Cámara Firmado por: M.E.U., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.O.C., JUEZ DE CAMARA

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