Banco Credicoop Cooperativo Limitado C/gonzalez Oro Armando y Otros S/ejecutivo
Fecha de la disposición: | 6 de Julio de 2009 |
54.743, que con fecha 20 de abril de 2009, se decretó la quiebra de la fallida Agrolub Sociedad de Responsabilidad Limitada:
C.U.I.T. Nº 30-70741048-1, inscripta en la Inspección General de Justicia el 10 de noviembre de 2000, bajo el Nº 8568, del Libro 114, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, cuya denominación surge de su Contrato Social, con domicilios conocidos en San Martín 543, Piso 4º Dto. 'I', y en Lavalle 1394, Piso 6º Dto. '2' , ambos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciéndosele saber a los acreedores, que deberán presentar sus títulos justificativos de crédito dentro del plazo que vence día 7 de septiembre de 2009 ante el síndico designado Contador Miguel Angel Humberto Pízzolo, con domicilio constituido en Carlos Calvo 2020, Piso 3º '9' de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El síndico presentará los informes previstos en los art.
35 y 39 de la L.C. dentro de los plazos que vencen el 20 de octubre y 30 de noviembre de 2009 respectivamente. Intímese a la fallida y a terceros para que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder al igual que los libros de comercio y demás documentaciónrelacionada con su contabilidad, y se hace saber la prohibición de hacer pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese a la fallida a que cumpla en lo pertinente con los requisitos del art. 86 párrafo 2º de la ley citada. Intímese a la fallida para que dentro del plazo de 48 horas constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado.
Buenos Aires, 25 de junio de 2009.
Rafael F. Bruno, secretario.
e. 01/07/2009 Nº 54611/09 v. 07/07/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23 a cargo de la Dra. Julia M Villanueva, Secretaría Nº 45 a cargo del Dr.
Buenos Aires, 07 de Abril de 2009. i.
Téngase presente y hágase saber el proyecto de distribución de fondos presentado. ii.
Atento el estado de autos y conforme lo dispuesto por los arts. 218, 265 inc. 4º y 267 de la ley de Concursos y Quiebras se procede a regular los honorarios de los profesionales intervinientes, conforme la calidad, extensión e importancia de las tareas realizadas. iii. A fin de hacer conocer la presentación del informe final y el correspondiente proyecto de distribución, líbrense cédulas (art. 219 L.C.Q), y publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de dos días. El presente edicto deberá publicarse por dos (2) días en el Boletín Oficial sin previo pago (art. 89 ley citada).
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de mayo de 2009.
Julia Villanueva, juez.
Rafael F. Bruno, secretario.
e. 03/07/2009 Nº 55615/09 v. 06/07/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 45, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. hace saber por cinco días que con fecha 22 de junio de 2009 se ha decretado la quiebra de Mencer & Cía. S.R.L., inscripta en la Inspección General de Justicia con fecha 11 de abril de 2008, bajo el número 3393 del Libro 128, de S.R.L. El presente se libra por mandato de S.S. en los autos caratulados 'Mencer & Cía. S.R.L. s/ Quiebra', en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.
Buenos Aires, 24 de junio de 2009.
Rafael F. Bruno, secretario.
e. 01/07/2009 Nº 54616/09 v. 07/07/2009 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, Secretaría Nº 45, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 P.B. hace saber por cinco días que con...
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